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España incumple las normas de control pesquero en el Golfo de Cádiz
Actualizado: GuardarEspaña incumple la normativa comunitaria de control pesquero al no realizar las inspecciones que requiere en el Golfo de Cádiz ni velar para que se cumplan las sanciones impuestas a los infractores, según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE).
La Comisión Europea (CE), a raíz de una denuncia y de cuatro visitas de inspección efectuadas en la zona del golfo de Cádiz entre 2000 y 2004, denunció el caso ante el Tribunal de Justicia solicitando que condenara a España por incumplimiento del derecho comunitario.
La normativa sobre control pesquero exige a los países de la UE que inspeccionen los barcos de pesca y controlen todas las actividades, en especial, el desembarque, comercialización, transporte y almacenamiento de pescado, así como el registro de los desembarques y las ventas.
Los estados miembros están también obligados a tomar medidas contra los infractores de las normas pesqueras comunitarias, como exigirles la devolución de los beneficios conseguidos como consecuencia de no haber aplicado las normas, y a perseguir las infracciones detectadas.
Según la CE, el sistema español de control e inspección es ineficaz, algo con lo que coincide el tribunal europeo.
La sentencia publicada hoy aclara que un ejemplo de la ineficacia del sistema es el hecho de que pervivan en la región una gran cantidad de tareas, puertos y puntos de desembarco a vigilar por los inspectores españoles, así como el número de mercados existentes y de transportes por carretera a controlar.
El Tribunal también coincide con el Ejecutivo comunitario en que los medios humanos necesarios para el control y la inspección del ejercicio de la pesca son insuficientes.
En cuanto a la falta de persecución de los infractores, la sentencia constata que la Subdelegación del Gobierno de Cádiz sólo ha iniciado 36 procedimientos de sanción durante los años 2000 a 2005 y la Subdelegación del Gobierno en Huelva, 35.
El Tribunal de Justicia destaca asimismo el escaso número de expedientes tramitados por los servicios de la Secretaría General de Pesca Marítima, dependiente del Ministerio de Pesca, cuando son competentes para controlar las descargas de pescado.
Por otro lado, el Tribunal observa que sólo en 53 de los 479 expedientes tramitados durante los años 2000 a 2005 por la Junta de Andalucía, la actuación tuvo como resultado impedir que el pescado de talla antirreglamentaria entrase en la cadena de comercialización.
En consecuencia, el Tribunal de Justicia considera que las autoridades españolas, tanto centrales como autonómicas, no han velado de manera satisfactoria por que se adoptarán las medidas apropiadas contra las personas responsables de infracciones de la normativa comunitaria en materia de pesca.
Por ello, concluye que España incumple la legislación comunitaria, algo a lo que deberá poner remedio en un plazo determinado si quiere evitar que la CE solicite antes esta misma instancia judicial una sanción económica.