Tribunales

Condenado a seis años de prisión uno de los implicados en el accidente en la subida a Vejer

Cádiz Actualizado: Guardar
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La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a seis años de prisión a uno de los implicados en el accidente ocurrido en julio de 2006 en la carretera que sube hacia Vejer de la Frontera, mientras que los otros dos acusados quedaron absueltos al no considerar la sala que juzgó los hechos que se haya probado que el accidente se produjo por una carrera ilegal o por un "pique" entre estos dos de los coches implicados en el accidente.

La Sección Primera consideró como hechos probados, según la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, que el vehículo que conducía el condenado adelantó al otro coche, ocupado por los dos acusados de ser partícipes en una carrera ilegal.

Así, en una curva con una fuerte pendiente descendente, de visibilidad reducida y donde está prohibido adelantar, invadió el carril contrario y colisionó frontalmente contra otro vehículo ocupado por tres ocupantes (un matrimonio y su hijo), del que resultó fallecido uno de ellos (el padre).

La Audiencia Provincial consideró que el conductor ahora condenado huyó del lugar de los hechos, mientras que los otros dos se acercaron al vehículo siniestrado "hasta el punto de hacer fuerza sobre la puerta delantera para intentar socorrer" a una de las víctimas, consiguiendo que ésta llegara a salir del vehículo. Además, comenzaron a llamar la atención de los vehículos que se acercaban, hasta que tras producirse una aglomeración de personas y habiendo sido alertada la Policía y las ambulancias, optaron por retirarse de la zona.

Asimismo, según la sentencia, la Audiencia consideró que no consta suficientemente probado que se hubiera pactado de antemano llevar a cabo una arriesgada carrera ni un "pique" momentáneo entre ambos conductores.

El acusado, además de carecer de permiso de conducir, dio positivo en las pruebas de medición alcohólica, además de manifestar durante el juicio que también había consumido drogas. No obstante, eso no la exime del delito de homicidio por imprudencia grave (condenado por ello a cuatro años de prisión), ni del delito de omisión del deber de socoro (condenado a dos años de prisión).

Por contra, los otros dos acusados fueron absueltos de los delitos contra la seguridad del tráfico y de omisión del deber de socorro. En este sentido, el abogado defensor, José Luis Ortiz Miranda, manifestó que estudiará demandar a la Administración, ya que se preguntó "quién paga los 15 meses de cárcel que se han comido mis clientes".