El Gobierno lanza una ambiciosa reforma penal contra terroristas y pederastas
«No habrá resquicio para la impunidad», dice la vicepresidenta tras la aprobación del anteproyecto en el Consejo de Ministros
Actualizado: GuardarEl Gobierno puso ayer en marcha la reforma penal más ambiciosa aprobada por un gabinete de José Luis Rodríguez Zapatero. Tras meses de deliberaciones, el Consejo de Ministros dio por fin luz verde al anteproyecto de ley que endurece de manera drástica las penas para terroristas y pederastas. Sus efectos, sin embargo, no serán inmediatos porque antes deben emitir sus informes preceptivos los órganos consultivos del Estado. Una vez que se apruebe la reforma en el Parlamento, ningún miembro de ETA que haya participado en un atentado o un secuestro podrá beneficiarse de no haber sido detenido a tiempo porque será imprescriptible.
La reforma declara que este tipo de delitos no prescribirán e introduce medidas de control y seguimiento para sus autores después de que hayan dejado la cárcel. «No habrá resquicio para la impunidad», afirmó la vicepresidenta María Teresa Fernández de la Vega.
Buena parte de esta reforma es fruto del acuerdo alcanzado el 23 de julio por el presidente del Gobierno y el líder de la oposición, Mariano Rajoy, tras la conmoción causada por el asesinato de la niña Mari Luz a manos de Santiago del Valle, y por la puesta en libertad del miembro de ETA Iñaki de Juana. El texto crea una figura penal nueva, la libertad vigilada. Será el juez de vigilancia penitenciaria quien decida la intensidad de esta pena una vez cumplido el tiempo de prisión. Como plazo máximo podrá durar 20 años para los delitos más graves y diez, en el de los menos graves.
El juez dispondrá de un abanico de medidas de control, entre ellas, la obligación de estar siempre localizable; la presentación periódica en el juzgado o comisaría; la comunicación del cambio de residencia o puesto de trabajo; la prohibición de ausentarse sin permiso judicial del lugar de residencia; no aproximarse ni ponerse en contacto con la víctima o sus familiares; la participación en programas formativos, culturales o de educación sexual, y el sometimiento de un tratamiento médico externo. Para el control de los sujetos sometidos a libertad vigilada los jueces podrán acordar medios electrónicos como pulseras telemáticas que permitan su localización inmediata.
Las medidas de alejamiento de las víctimas dejarán de ser una opción discrecional para el juez. La futura ley las establecerá como obligatorias, aunque sólo para aquellos delitos juzgados con posterioridad a la aprobación de este texto. No hay retroactividad y no se podrá impedir, por ejemplo, que la concejal del PP Pilar Elías se encuentre en Azpeitia con Cándido Azpiazu, el asesino de su marido, Ramón Baglieto. El ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, explicó que queda abierta la puerta para que este tipo de casos no ocurran en el futuro porque el alejamiento impuesto a los terroristas no queda limitado a sus víctimas directas. «El proyecto de ley habla de víctimas, sus familiares y otras personas, pero tendrá que precisarse en su momento», matizó. Además, se adelantó a defender la constitucionalidad de la reforma. «Algunas de estas medidas -argumentó- existían ya y otras no añaden más que limitaciones restrictivas de la libertad que no difieren sustancialmente».
Agresión sexual
Al margen de esta nueva figura, que supone una pena añadida, también las sanciones privativas de libertad serán más duras para delitos de pederastia y pornografía infantil. Pasará a considerarse agresión sexual lo que hasta ahora se entendía como abuso a menores (con edad inferior a 13 años), aunque no exista violencia ni intimidación. Todos estos delitos se castigarán con prisión. Se introduce además como agravante (con 15 años de cárcel) el hecho de que las víctimas sean menores de cuatro años o se encuentren en situación de indefensión por su escaso desarrollo intelectual y físico. A esto se suma la tipificación de nuevas conductas como la captación de niños con fines sexuales a través de Internet o el ofrecimiento de pornografía infantil.
La nueva legislación pretende acabar también con la impunidad en otros delitos que producen inquietud social, como los asaltos a chalés, joyerías o propiedades privadas por parte de bandas. Hasta ahora, sólo se podían aplicar penas mínimas por robo con intimidación y resultaba imposible ampliar el castigo por asociación ilícita.