El Supremo acuerda aplicar la 'doctrina Parot' al violador de la Vall d'Hebrón y le manda de nuevo a la cárcel
José Rodríguez Salvador fue excarcelado el año pasado tras cumplir 16 años de condena de los 311 impuestos por 17 violaciones
MADRIDActualizado:El Tribunal Supremo ha admitido el recurso de la Fiscalía contra la excarcelación del llamado 'violador de la Vall d' Hebrón', José Rodríguez Salvador, y le aplicará la llamada 'doctrina Parot', por lo que tendrá que volver a prisión. Rodríguez Salvador salió de la cárcel el pasado año tras cumplir 16 de los 311 años que se le impusieron.
Según ha informado el Alto Tribunal, la Sala de lo Penal ha decidido aplicar al violador la denominada 'doctrina Parot', que establece que los beneficios penitenciarios se deben computar sobre cada una de las condenas impuestas y no sobre el total de la pena. La Audiencia de Barcelona, que había declarado firme la liquidación de condena que le permitió salir a la calle, no ha tardado en reaccionar al fallo del Supremo y ha ordenado el reingreso en prisión de Rodríguez Salvador. Había sido condenado por 17 violaciones a penas que sumaban 311 años de cárcel y fue excarcelado el 22 de septiembre de 2007.
Los cinco magistrados que han estudiado el asunto a puerta cerrada han sido Adolfo Prego, Julián Sánchez Melgar, José Ramón Soriano, Luciano Varela y Diego Ramos. Este último será el ponente de la sentencia que se dictará en los próximos días.
La Fiscalía recurrió su puesta en libertad
El TS acordó el pasado mes de abril dejar a la Fiscalía de Barcelona recurrir dicha excarcelación en un auto en el que decidió permitir recurrir los autos de licenciamiento definitivo de los delincuentes y en el que unificó su doctrina tras mantener posiciones no siempre unánimes al respecto.
La resolución estimó así parcialmente el recurso de queja de la Fiscalía contra el auto de la Audiencia de Barcelona, que en 2007 denegó la pretensión del representante del Ministerio Público y la acusación particular de recurrir ante el Supremo.
Las acusaciones pretendían que se le aplicara dicha 'doctrina Parot' -dictada por el TS en 2006-, que descuenta los beneficios penitenciarios sobre cada condena e impone su cumplimiento sucesivo, pero la Audiencia de Barcelona concluyó que la liquidación de condena que se hizo a Rodríguez Salvador en 1999 era firme.
El Alto Tribunal declara nulo y sin efecto el auto de 21 de septiembre de 2007 que dictó la Audiencia Provicial de Barcelona sobre el licenciamiento definitivo del violador y remite las actuaciones a este órgano "a fin de que, tras las diligencias que sean pertinentes, dicte una nueva resolución con arreglo a derecho".