ESPERA. El portuense, a su salida de la prisión de Topas el pasado mes de julio. / ANTONIO VÁZQUEZ
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La Fiscalía del Supremo pide más pruebas para respaldar la revisión del 'caso Ricardi'

La junta de fiscales acuerda apoyar la admisión a trámite del recurso planteado por la defensa del portuense, pero plantea reservas en cuanto a anular la sentencia

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Tras el primer asalto ganado por Rafael Ricardi en el mes de julio, cuando logró su puesta en libertad condicional, comenzó para él su segundo round en el cuadrilátero imaginario que supone el sistema judicial español, donde el principio garantista que lo vertebra impide que un procedimiento se resuelva en un corto plazo. La semana pasada se escribió un nuevo capítulo durante la junta de fiscales del Tribunal Supremo, donde se trató el recurso de revisión planteado por la defensa del portuense, que busca revocar el fallo condenatorio que aún pesa sobre él. Se acordó un apoyo, pero con reservas.

La Fiscalía del Supremo respalda la admisión a trámite del citado recurso para que el tribunal decida sobre él. Esto significa que quiere entrar a valorarlo y se opone a que sea rechazado sin tan siquiera ser estudiado. Sin embargo, ese apoyo no alcanza al fondo del asunto que postula la abogada de Ricardi: declarar la inocencia de su cliente a raíz de unas pruebas que demuestran que no cometió la violación perpetrada en Valle Alto, en 1995.

En la citada junta se plantearon una serie de reservas que frenaron el apoyo íntegro a los planteamientos de la defensa. Por eso, el acuerdo de la junta de fiscales se limitó a respaldar la admisión a trámite y concluyó en pedir la práctica de más diligencias para defender ante el Supremo la inocencia del portuense.

Fuentes del Ministerio Público confirmaron que esas pruebas pueden ser, por ejemplo, solicitar más información sobre la investigación llevada a cabo por la Fiscalía de Cádiz que desembocaron en el hallazgo de un perfil genético que no correspondía con el de Ricardi.

Esta cautela obedece a la rigurosidad que tiene el Supremo a la hora de revisar sentencias que se han producido dentro de un procedimiento judicial sin irregularidades tales como que se haya dictado un fallo basándose en un documento o un testimonio falso. En este caso en concreto, la principal prueba de cargo que había contra Rafael Ricardi fue el testimonio incriminatorio de la mujer violada en El Puerto, quien sostuvo tanto en la instrucción como en el juicio que uno de sus agresores era el portuense. Testimonio que aún sigue vigente y del que nunca se desdijo, ni tan siquiera cuando volvió a declarar en los juzgados al reabrirse la investigación hace varios meses.

Cuatro supuestos

La Ley de Enjuciamiento Criminal indica cuáles son los cuatro supuestos viables para que se pueda revisar una condena: cuando existan dos o más reclusos sentenciados por un mismo hecho que sólo pudo ser cometido por una única persona; cuando se demuestra que la víctima de un homicidio sigue viva; el uso de documentos o testimonios que a posteriori se demuestran que son falsos y, por tanto, desvirtúan la sentencia y, por último, el hallazgo de nuevas pruebas que evidencien la inocencia del preso.

El caso de Ricardi se encuadraría en el cuarto supuesto. Fuentes de la Fiscalía señalaron que se ha decidido no obstaculizar el recurso de la defensa para que el Supremo adopte una decisión lo más pronto posible, que en el caso de ser favorable a la revisión, despejaría el camino para que el portuense cobre una indemnización que podría ser muy cuantiosa. Aunque el Alto Tribunal podría decantarse por esperar a que se resuelva el caso abierto contra los dos supuestos autores de la violación, Fernando P. G. y Juan B. G., que siguen en prisión y a la espera de que la instrucción concluya.

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