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TRIBUNA

¿Por fin!

Tras la esperada reunión del pasado día 23 entre el presidente del Gobierno y el líder del principal partido de la oposición, dos materias van a ser objeto de los llamados Pactos de Estado. De un lado, la recuperación de la unidad en la lucha contra el terrorismo y de otro, la reforma de la justicia, con el compromiso de renovación del Tribunal Constitucional y del Consejo General del Poder Judicial para el próximo septiembre como arranques de esa pretendida reforma, lo que parece irá seguido de las cambios necesarios para la implantación de la oficina judicial, total informatización y conexión entre sí de juzgados y tribunales, extensión de los juicios rápidos e incremento de la inversión presupuestaria. ¿Por fin!, felicitémonos por ello. Por razones obvias me voy a referir a la renovación del Consejo General del Poder Judicial. Algo que en normalidad democrática debió suceder en noviembre de 2006. No me interesa detenerme, aunque desde luego interés tiene, en determinar las causas o los responsables de tal situación y de por qué hemos permitido que el órgano de Gobierno de los jueces esté en funciones casi dos años, cuando su mandato es de cinco e improrrogable. Tampoco voy a caer en la fácil tentación de hacer un balance del presente Consejo, me sobra apasionamiento y me falta el distanciamiento imprescindible que da la perspectiva temporal para poder hacerlo con un mínimo de credibilidad. Pero algo sí diré, el CGPJ es un órgano clave para el funcionamiento de nuestra maltrecha Administración de Justicia y si bien es cierto que su popularidad no está en alza, ni entre los propios profesionales de la Justicia, ello no debe ser óbice para que con ahínco lo apoyemos.

JUAN CARLOS CAMPO MORENO DOCTOR EN DERECHO Y VOCAL DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
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Su creación, como garante de la independencia del Poder Judicial, puede encuadrarse en uno de los grandes logros de la Constitución española de 1978. Aunque, cierto es, tras sus ya más de 25 años de vigencia, el proclamar el normal funcionamiento del CGPJ sigue siendo, ahora muy especialmente, un ideal, pero, al igual que ocurre con la Democracia, que nunca es perfecta y que sufre muchas agresiones, debemos defenderlo sin que ello quede ayuno de espíritu crítico para mejorarlo.

Sus imperfecciones nos deben llevar a la reflexión sobre las fórmulas idóneas para su continua mejora sin afectar a su finalidad, pero el sistema supera a los anteriores en cuanto garantiza de modo más eficaz la separación de poderes, evitando intromisiones en el Poder Judicial, y no estoy pensando en los ejecutivos, en temas sensibles que pudieran afectar a la independencia e imparcialidad de sus integrantes.

El Consejo, lo he dicho en alguna ocasión, es un órgano que se inserta en lo que llamo el 'Sudoku de la Justicia'. No pretendo resaltar ni relatar los males del órgano de gobierno de los jueces, pero no quiero pasar por alto algunos de ellos: su renovación completa, a diferencia del Tribunal Constitucional, lo que supone de facto una parálisis y pérdida de memoria del órgano; la indefinición en no pocos casos de sus ámbitos competenciales; la falta de alguna relación o coordinación de cuenta con el Parlamento de la Nación, la indefinición del Estatuto del Vocal y un largo etcétera que debería hacer al legislador pensar en la reconfiguración del órgano constitucional, ello, sin olvidar, que es preciso regular su período transitorio a modo de un gobierno en funciones, limitando para ese período sus cometidos a los mínimos imprescindibles. No es mala ocasión la que se presenta con las reformas estatutarias y la aparición de los llamados Consejos de Justicia.

Todo ello con una finalidad básica, primordial y nuclear, que el Consejo General del Poder Judicial pueda cumplir con su papel constitucional y orgánico al que está llamado poniendo especial acento en su papel de control y funcionamiento de los órganos judiciales, en concreto, en las funciones de comprobación y control de la marcha de los servicios de la administración de justicia, mediante la realización de las actuaciones y visitas que procedan, incluidas las telemáticas.

No es necesario traer a colación asuntos conocidos por el gran público como los de la pequeña Mari Luz, Motril u otros, que al margen de lo que ha ocurrido disciplinariamente, o pueda ocurrir, han denotado una mejorable actuación del sistema de inspección de juzgados y tribunales.

Solamente por esos cauces, el Consejo General del Poder Judicial se legitimará, prestando a la sociedad el servicio que esta espera de él, todo ello, sin olvidar las tareas tradicionales y muy importantes del órgano de Gobierno de los Jueces.