ANÁLISIS

Reclamación patrimonial

El importe exacto de la indemnización que reclama un ciudadano por haber sido víctima de un error judicial es imposible de determinar a priori, ya que existen muchas variables que se aplican para cifrar una cuantía. Se tienen en cuenta circunstancias personales como los ingresos que tenía y perdió por entrar en la cárcel, el tiempo discurrido e incluso el deterioro físico y el envejecimiento que ha padecido por el periodo de reclusión. La ley no establece baremo alguno que deba seguirse a la hora de calcular estas indemnizaciones, como sí fija para las lesiones por accidente de tráfico, por lo que su cuantía final queda al criterio del abogado que la solicite y del Ministerio de Justicia.

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Para solicitar una reclamación patrimonial al Estado se recurre a un procedimiento administrativo que está amparado tanto por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, como por la Ley Orgánica del Poder Judicial. En ambas se incluye el derecho que todo ciudadano tiene a ser indemnizado por cualquier lesión sufrida en sus bienes y derechos a causa de un normal o anormal funcionamiento de los servicios públicos. Esta reclamación deberá estar precedida por un recurso de revisión que se presenta ante la Sala Penal del Tribunal Supremo, al que se pide que anule el fallo condenatorio. Cuando se revoque la sentencia, el afectado tiene un año para presentar la reclamación. En este caso, la resolución no debe de tardar mucho porque ha sido la Fiscalía, que representa al Estado, la que ha solicitado la excarcelación. Esa petición es una demostración de que el propio Estado reconoce que se ha cometido un error.