Imagen de archivo del juicio contra los cuatro mandos policiales acusados de falsear un informe de los peritos que relacionaba a ETA con los atentados del 11-M en Madrid.
por el caso del 'ácido bórico'

Absueltos los cuatro mandos policiales acusados de falsear un informe de los atentados del 11-M

La sentencia señala que los mandos cometieron "irregularidades administrativas" al alterar la vinculación entre ETA y el 11-M del informe del perito pero que se trataba de "datos irrelevantes"

MADRID Actualizado: Guardar
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La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a los cuatro integrantes de la Policía Científica acusados de falsedad documental por la presunta manipulación de un informe policial incluido en el sumario del juicio por los atentados del 11-M. Los mandos policiales eliminaron las observaciones incluidas por el perito Manuel Escribano que relacionaban los ataques terroristas con ETA, una información que, según la sentencia, no tenía "consistencia" ni "rigor científico".

El el texto, la Audiencia Provincial considera que los acusados no actuaron correctamente desde la perspectiva administrativa, pero que "lo único que hubiera podido impregnar de relevancia punitiva el supuesto de hecho enjuiciado hubiera sido que las las observaciones realizadas por Escribano tuvieran consistencia, rigor científico y pudieran afectar el resultado del proceso a que iba destinada la pericia", algo que descarta la sentencia.

Los policías absueltos son el comisario general de la Policía Científica, Miguel Angel Santano; el jefe de la Unidad de Análisis, José Andradas; el secretario general, Pedro Luis Mélida; y el jefe del Laboratorio Toxicológico, Francisco Ramírez. Santano se enfrentaba a seis años de cárcel por un delito de encubrimiento y, en grado subsidiario, las acusaciones populares pedían para él tres años por otro delito de encubrimiento.

También por falsedad documental, la Asociación de Víctimas del Terrorismo, la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M y Manos Limpias pidieron seis años de cárcel tanto para Mélida como para Ramírez y Andradas. La Fiscalía pidió la absolución de los cuatros acusados.

.Modificación de "datos irrelevantes"

En su informe, Escribano determinó que en el piso que ocupaba el condenado por el 11-M Hassan El Haski en Lanzarote se encontraron cinco bolsas de ácido bórico, aunque añadió en el apartado de observaciones que este mismo producto fue hallado en un piso franco de ETA registrado en Salamanca en 2001 y en la vivienda que ocupaba un militante antisistema en Madrid en 1999.

Como hechos probados, la sentencia señala que Ramírez se manifestó en contra de la observación del perito y, tras consultar el asunto con Mélida, solicitaron a Escribano que la modificara, a lo que éste se negó. Por ello, Ramírez se reasignó el informe a sí mismo y ordenó que se modificara el libro de registro de entrada para que figurara su nombre en lugar del de Escribano, para lo cual se utilizó un líquido corrector.

Los magistrados de la Sección Decimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid Alberto Jorge Barreiro, Carlos Martín y Pilar Oliván, consideran que este cambio no constituye "una mutación de la verdad que afecte a un elemento esencial del informe pericial", sino a "datos accesorios que resultan irrelevantes, inanes o inocuos a los fines de la función probatoria del documento". Argumentan así que la referencia a ETA constituye "una mera especulación sin base científica".

El dato "carecía de rigor y generaba confusión"

Según la sentencia, "el dato carecía de rigor y generaba confusión tanto en el ámbito de la investigación como en la opinión pública" y añade que "no consta dato alguno de que la pista del ácido bórico haya propiciado alguna línea fructífera en el proceso del 11-M". En este sentido, el texto señala que "la función del perito" era "acreditar el resultado de un análisis químico", pero Escribano se salió "de la ortodoxia" y "entró de lleno en el marco de una disputa sobre el dilema nuclear" del 11-M, que "estaba en la calle y en los medios de comunicación".

Según el tribunal, el hecho de que apareciera en el piso de ETA en Salamanca una pequeña muestra de ácido bórico, "sustancia que tiene varios usos domésticos y que nada iba a aportar, en principio, a la investigación de un delito de terrorismo, y en cambio sí iba a generar confusión y turbiedad en la investigación y en la opinión pública". El perito debería haber hecho constar, continúa la sentencia, que esta sustancia nunca se ha utilizado para enmascarar ni conservar explosivos.

No obstante, en el texto se destaca que, al sustituir un informe por otro, los responsables de la Policía Científica cometieron "algunas irregularidades administrativas abducidos por la enjundia y relevancia socio-política del caso", ya que "debieron apartar formalmente de su designación al primer perito dejando constancia de esa contingencia" y "designar formalmente a otro perito".