JUICIO. Imagen correspondiente a una de las vistas celebradas para juzgar el atropello de Antonia de la Cruz. / JUAN C. CORCHADO
Jerez

Rebajada en año y medio la pena por el atropello mortal de La Plata

La Audiencia mantiene los tres años por el delito de homicidio por imprudencia Reduce a seis meses la condena por el de omisión de socorro

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La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz ha resuelto ya el recurso a la sentencia por el atropello mortal de La Plata sucedido en junio de 2004. Fue interpuesto por la defensa de David Moreno Loreto, que fue condenado meses atrás a cinco años de prisión, dos por omisión de socorro y tres por imprudencia con resultado de muerte. Cabe recordar que el mencionado individuo conducía un BMW, sin carnet ni seguro obligatorio, a una velocidad próxima a los 90 km/h y que se dio a la fuga tras arrollar a la jerezana Antonia de la Cruz Ramírez, que acabó muriendo a causa del impacto.

La resolución de la Audiencia Provincial confirma íntegramente el delito de homicidio por imprudencia y la pena de tres años por el mismo, pero revoca parcialmente la condena por el de omisión de socorro, rebajándola a los seis meses.

La representación de la familia de la mujer atropellada señala que, de esta forma, se confirma «se confirma la existencia de los dos delitos, el de omisión del deber de socorro y el de homicidio por imprudencia».

Confirmación

El hijo de la fallecida, Andrés Valle, se mostraba ayer satisfecho con la resolución, ya que considera que la confirmación parcial de la sentencia condenatoria dictada el 11 de diciembre de 2007 por el magistrado Juan José Parra Calderón, perteneciente al Juzgado de lo Penal Nº 2 de Jerez de la Frontera por parte de la Sección Octava de la Audiencia Provincial, «confirma la evidencia, y es que la pérdida de una vida humana no tiene precio ni condena que pueda nunca jamás justificarla, si bien cabe el consuelo propio y personal de que quien acabó con la vida de mi madre de forma tan despreciable ha sido ya condenado también por la Audiencia Provincial».

Afirma que, precisamente por todo lo reseñado, reclamará la ejecución inmediata de la sentencia, lo que debe traducirse en el ingreso inmediato en prisión del condenado.