¿Huelga?
Ni ha sido una huelga ni un cierre patronal. Jurídicamente ambos conceptos están determinados. Los acontecimientos vividos entran de lleno en un concepto más amplio, el «conflicto de intereses económicos». En el mismo se han dado al unísono situaciones atinentes a la huelga y al cierre patronal. Además, y es aquí donde subyace el error de concepto, los medios utilizados para alcanzar el fin pretendido por el conflicto son similares a los empleados en los típicos conflictos laborales.
| Actualizado: GuardarLa definición de conflicto no es nada pacífica, ya que reposa sobre una confusión de partida: usualmente se consideran un mismo fenómeno el conflicto en sí y las manifestaciones del conflicto. Se considera la huelga como el conflicto por excelencia, cuando en realidad se utiliza para resolver la disputa. Por eso es preciso distinguir entre conflicto, controversia y medidas conflictivas. El conflicto es una situación de discrepancia entre partes en una relación, mientras que la controversia es el conflicto externamente manifestado. Las medidas conflictivas son los recursos utilizados por ambas partes en una controversia directa.
La mal llamada huelga de transporte, visualizada en un escenario de violencia y caos, externaliza el miedo ciudadano ante la incapacidad de un Gobierno que reacciona tarde y mal. En un conflicto de esta naturaleza, como cualquier otro, el Estado debe garantizar el orden constituido, utilizando para ello los mecanismos que el estado de derecho otorga a los gobernantes. Federico Engels apelaba al uso por el Estado de su autoritas, como necesidad legítima y único modo de alcanzar sus fines. El talante del Gobierno, como talismán de la gobernabilidad ha fallado estrepitosamente una vez más. Permitir que quien tiene un problema, y ahora lo tenemos todos, tenga la posibilidad de hacer daño a la sociedad, presionando de forma desproporcionada y utilizando el camino de la violencia, la coacción y el chantaje como medio para obtener el fin pretendido, es francamente peligroso y es la forma utilizada en este conflicto para sacar adelante sus reivindicaciones.
Al Estado se le exige que vele por los intereses de todos respetando y haciendo respetar la Ley. También se le debe exigir, que en lugar de pretender actuar una vez más mediante la concesión de ayudas a sectores concretos, deje actuar al «mercado», su «mano invisible» es precisamente la que asigna adecuadamente los recursos, haciéndolo de la forma más eficiente y eficaz.
Estoy totalmente de acuerdo con el Gobierno con la inviabilidad legal y práctica de imponer tarifas mínimas regulando de esa forma el sector. Según los transportistas, su establecimiento evitaría los servicios por debajo de coste. No dudo que el sector esté sobredimensionado y para su solución la propia autorregulación, debiéndose proceder al ajuste automático. Cualquier atisbo de no hacer las cosas así, supondrá una espiral de conflictividad con exigencias similares imposibles de asumir económicamente, pero también legalmente, ya que la Comisión Nacional de la Competencia se vería obligada a actuar contra el propio Ministerio de Fomento por infracción de la Ley de Defensa de la Competencia.
Desde una perspectiva estrictamente económica, el traslado de los incrementos de los precios del gasóleo al precio del servicio realizado es posible aunque no se produce de forma automática. Es decir, el incremento del precio del gasoil, en un plazo prudencial debiera trasladarse al precio final del servicio de transporte producido, siendo absorbido al final del proceso en el coste final del producto, ya que el proceso de ajuste es gradual. Por lo tanto, se produce un evidente perjuicio de forma temporal que puede paliarse también de forma temporal con medidas exclusivamente de naturaleza fiscal. Estos procesos de incrementos de los precios de las materias primas en un sector como este, terminan por ajustarse, produciéndose el ajuste en el punto de equilibrio, donde la oferta y la demanda se cruzan. Además de las medidas fiscales de carácter temporal que se tomen, el Estado debe ser riguroso ante la posibilidad de trabajar «por debajo de costes». Para ello debe utilizarse el poder del Estado y exigir que todos los que operan en el sector lo hacen en igualdad de condiciones. Sin embargo, lo dicho para el sector del transporte no vale para el de la pesca. El traslado del coste del gasóleo al precio final del producto se puede producir por encima del umbral del precio que el mercado asigne a ese bien, en cuyo caso el equilibrio del mercado exigirá la bajada del precio para que el producto se compre. Y esto es así por la consideración de la pesca como un producto susceptible de ser sustituido por otro. Por lo tanto si las autoridades quieren que la pesca siga existiendo, sí tendrán que intervenir, de forma distinta y por supuesto más intensa que en el sector del transporte.
La conflictividad social se ha establecido en el «talante», en cuanto la coyuntura económica se ha torcido. Los sectores con problemas se multiplican, después de los lecheros, los pescadores y los agricultores, el sector del transporte ha conseguido su pretensión, poner entre las cuerdas a todos los ciudadanos. Y aun así el Gobierno reniega del concepto «crisis», prefiere llamarlo dificultad, inestabilidad, desaceleración, ajuste... pero todo el mundo sufre y padece una auténtica crisis.
El conflicto se ha instalado entre nosotros. La negociación colectiva se avecina no exenta de dificultades. Es el momento para que de una vez por todas se dote al Ordenamiento español de una Ley de Huelga que sustituya a la existente que tiene carácter preconstitucional y que fue cercenada por el Tribunal Constitucional, declarando inconstitucional la forma de determinación de los servicios mínimos y los indispensables para garantizar la seguridad de las cosas y las personas, así como los supuestos de arbitraje obligatorio en interés de la economía nacional. Las demás cuestiones, lo son de orden público y deben ser reguladas en el ámbito del derecho penal. Los problemas semánticos carecen ahora de importancia.