ESPAÑA

La juez impone a Losantos 36.000 euros de multa por injurias graves a Gallardón

Un juzgado de Madrid condenó ayer a Federico Jiménez-Losantos, director del programa 'La Mañana' de la cadena Cope, a pagar una multa de 100 euros al día durante 12 meses, 36.000 euros en total, por un delito de injurias graves con publicidad al alcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón. «Traidor», «farsante redomado», «calamidad» y «lacayo» son algunos de los epítetos que le dedicó el informador al regidor madrileño por unas declaraciones en las que aconsejó al PP, mirar al futuro y no centrar en la investigación del 11-M su estrategia opositora.

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Los 36.000 euros tienen el concepto de multa, no es una indemnización a abonar a Ruiz-Gallardón, que se reservó el derecho a presentar una demanda civil en protección a su honor en la que la sentencia penal será su principal prueba.

Tras conocer el fallo, Jiménez-Losantos anunció desde los micrófonos del programa que dirige que recurrirá a la Audiencia Provincial de Madrid su «escandalosa» condena, que calificó de «chapuza técnica». La cadena Cope expresó en un comunicado su «pleno respaldo» al informador y destacó que la resolución «no es firme».

La juez Iglesias considera demostrado que entre junio y noviembre de 2006 Jiménez-Losantos injurió de forma reiterada al primer edil con expresiones como «el alcalde de Madrid no quiere saber quién mata a la gente de 200 en 200 en su ciudad», «le da igual que haya 200 muertos con tal de llegar al poder», y «no miente más porque no tiene tiempo». El comunicador atribuyó a Ruiz-Gallardón un supuesto interés en cerrar en falso la investigación del 11-M en beneficio del Gobierno socialista y en contra de los intereses del PP.

Jiménez-Losantos llevó a la vista oral a dirigentes del PP como Eduardo Zaplana, Ángel Acebes o Esperanza Aguirre, que no apoyaron las tesis del periodista. La magistrada concluye que aquellas afirmaciones no están amparados por el artículo 20.1.d de la Constitución, que protege la libertad de información veraz, porque atribuyen al alcalde madrileño «hechos falsos», por lo que constituyen un delito de injurias tal y como las define el artículo 208 del Código Penal.

Jiménez-Losantos no sólo mintió sobre el alcalde de Madrid, sino que utilizó de forma reiterada insultos y descalificaciones «que afectan a la dignidad del querellante y se consideran atentatorias para su honorabilidad».

La juez Iglesias considera probado que las expresiones proferidas por el periodista, «por su propio sentido gramatical, son tan claramente insultantes o hirientes que no existe duda alguna de que pretendían vejar la imagen y dignidad del querellante en forma innecesaria y gratuita y desacreditarle».

Son expresiones que tampoco quedan amparadas por el artículo 20.1.a de la Carta Magna, que regula la libertad de opinión, porque el Tribual Constitucional considera legítimas las críticas aún cuando puedan molestar, pero «no reconoce un pretendido derecho al insulto».

Federico Jiménez-Losantos y otros periodistas convocados como testigos atribuyeron lo ocurrido a la espontaneidad del lenguaje radiofónico, pero la juez destaca que las expresiones fueron proferidas de forma reiterada, incluso después de que el alcalde presentara su querella, algo que no puede justificarse por «la naturaleza política de la crítica» o por «determinados estilos periodísticos».

El alcalde de Madrid deberá ahora decidir si recurre a la justicia civil en defensa de su honor y reclama una indemnización que entregará a asociaciones de víctimas del 11-M. Ayer sólo recordó que el amparo que pidió a la Justicia cuando se sintió injuriado «se ha producido».