María emilia casas
Actualizado:cuparse en este espacio del asunto de la Presidenta del Tribunal Constitucional y sus «consejos» implica una cierta labor de síntesis y de selección. Vamos a procurarlo. Primero: el marco en el que se inscribe toda esta historia es ciertamente terrible, con asesinato de por medio, un hombre muerto (por cierto, no hay clamor frente a esta muerte o las feminazis ya le han colgado al varón el cartel de culpable, por aplicación de los criterios jurídicos de la Escuela de Kiel?) y una hija destrozada. Segundo: la Presidenta del Constitucional, por el medio que sea, tomando la iniciativa o a través de terceros, habla con una persona que tiene un asunto de justicia pendiente y le aconseja. Mal empezamos. Hubiera sido más fácil, mas o menos así: perdone (o perdona, según el grado de confianza), esta conversación no la considero adecuada, así que disculpe (o disculpa. Adios. Teléfono colgado y a seguir velando por la pureza constitucional. Tercero: podemos compartir los criterios argumentativos del Supremo a la hora de entender que en la actuación de María Emilia Casas no ha habido delito. Podemos asimismo suscribir las matizaciones de la jurisprudencia a la hora de delimitar el tipo delictivo del artículo 441 del Código Penal, e incardinar o no en este precepto la conversación de la Presidenta con María Dolores Martín. Ya sabemos que el derecho es la ciencia del matiz, y que los matices son importantes porque de ellos dependen a veces, fíjense ustedes, bienes jurídicos tan importantes como la libertad, el honor, la propia imagen Cuarto: pero, con independencia de todo esto, o a pesar de todo esto, la persona, la figura, el universo de simbología jurídica que María Emilia Casas, Presidenta del Tribunal Constitucional, representa, no puede, o no debe, quedar tocado por un asunto así. Quinto, la lectura que la ciudadanía hace de estos comportamientos representa un varapalo considerable a la necesaria e ineludible transparencia e imparcialidad de la justicia, con la que además está cayendo en otros frentes jurídicos. Sexto: aunque desde los ámbitos de los juristas podamos pensar que la lectura ciudadana adolece de las incorrecciones propias de los legos en derecho, el daño permanece. Hay que entender que Maria Emilia no puede coger un teléfono y llamar a ciertas personas por razón de su cargo. Y si lo hace, y pasa lo que ha pasado, debe limpiar el honor de su alta magistratura con los medios más efectivos, para que no dejen lugar a dudas.