VAGUEDADES. La Junta replica que la definición de los tipos de vino de Jerez es «confusa» y no se basa en criterios científicos. / JUAN CARLOS CORCHADO
Jerez

La Junta no ve claridad en algunos artículos del Reglamento del Vino

El Gobierno andaluz hace correcciones a unos 30 epígrafes del documento Destaca que cuestiones básicas, como los tipos de vinos, «resultan confusas»

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El nuevo consejero de Agricultura, Martín Soler, ya había adelantado durante su visita a Jerez con motivo de la Feria que la Junta iba a devolver al Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen Jerez-Xérès-Sherry y Manzanilla de Sanlúcar el proyecto de Reglamento que se aprobó con los votos en contra de COAG y de Trebujena. Y pese a que el Marco ya había recibido el mensaje, el informe realizado por la Administración andaluza sobre el documento resulta contundente.

El estudio que ha realizado la Consejería de Agricultura sobre el texto de la Denominación de Origen -y al que ha tenido acceso LA VOZ- recoge las «matizaciones jurídicas» y de adaptación a la nueva Ley Andaluza del Vino a las que se refirió el consejero, pero lo cierto es que el informe realiza correcciones a al menos una treintena de artículos, además de diversas consideraciones generales de las que se deduce que la Administración ve poca claridad en algunos aspectos del documento.

Entre estas últimas, el análisis de la Junta del polémico texto destaca «la falta de separación clara entre las dos denominaciones de origen (jerez y manzanilla)», la necesidad de que «las zonas de producción y de crianza queden claramente delimitadas» o el rechazo a que para determinadas cuestiones -como la definición de los vinos-, el Reglamento se derive al Manual de Calidad.

Precisamente en relación a los tipos de vinos (fino, oloroso, manzanilla, etc.), y la forma de diferenciarlos, la Junta arroja una de las conclusiones más contundentes al afirmar que «la propuesta de Reglamento no establece parámetros químicos» para distinguirlos, a lo que suma que «las características establecidas para definir las categorías no son excluyentes entre sí, por lo que un mismo producto puede ser englobado en más de un epígrafe».

En concreto, las correcciones realizadas en relación a los tipos de vino se centran en el artículo 15 de la propuesta de Reglamento, del que el informe llega a decir que es «confuso» y mezcla conceptos diferentes. También encuentra «vaguedades» en el siguiente, el 16, que se refiere específicamente al caldo criado en Sanlúcar y al que replica que «la manzanilla es un también un tipo de vino generoso, y como tal debe quedar recogido».

Otras de las mejoras que sugiere el informe son las relacionadas con la zona de crianza, entre las que se puede destacar la que advierte que «con respecto a la Denominación de Origen Manzanilla de Sanlúcar, la zona de crianza no puede ser ampliada a juicio del Consejo Regulador sino mediante Orden de la Consejería de Agricultura».

De otro lado, la Junta replica que la misma definición del Consejo Regulador (artículo 39) es «contradictoria» y no se ajusta a lo aprobado en la nueva Ley andaluza, ya que indica que actúa como órgano desconcentrado de la Administración y afirmar acto seguido que tiene condición de Corporación de Derecho Público.

Sobre las funciones del Consejo Regulador, apunta que «no tiene competencia para aprobar sino para proponer los requisitos mínimos de control» (artículo 40), al tiempo que en el artículo 48, referido al órgano de control y vigilancia, replica que éste «no tiene facultad para vigilar a los productos y productores no acogidos a la Denominación, ya que estar en un territorio no implica tener que someterse al sistema de control si no se pertenece a ella». De esta forma, se pone en entredicho la pretensión del Consejo de controlar lo relacionado con los Vinos de la Tierra de Cádiz.

Por último, el estudio realizado por la Junta también se detiene en corregir detalles en la extensión de la protección, las variedades de vid, la vendimia, las producciones máximas, los sistemas de crianza, los registros de la Denominación, los nombres comerciales, el uso de marcas o los etiquetados, así como diversos aspectos relacionados con el Pleno del Consejo Regulador, entre otras cuestiones.

ppacheco@lavozdigital.es