PUERTA TRASERA. Llegada de Telma Ortiz a los juzgados. / EFE
Sociedad

Los jueces niegan trato de favor a Telma Ortiz en su acceso al Juzgado

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha dice que se permitió la entrada por las dos puertas debido a la aglomeración que se esperaba El decanato responde que en el recinto no sólo se celebraba esa vista

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El decanato de los Juzgados de Toledo negó ayer «categóricamente» que se diera trato de favor a Telma Ortiz, hermana de la Princesa de Asturias, que acudió al Palacio de Justicia de la capital toledana por una demanda que ha interpuesto contra 57 medios informativos, al permitirle entrar por la puerta trasera del edificio.

En una nota de prensa remitida por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM), se niega ese trato de favor que se ha denunciado en informaciones de varios medios y durante la vista por parte de uno de los veinticinco abogados que intervinieron.

El comunicado explica que se autorizó que tanto la puerta principal del Palacio de Justicia como la trasera se habilitaran como accesos para todo el público, incluidos los medios, en previsión de la aglomeración de personas que iban a acceder ese día a los Juzgados de Toledo.

El TSJCM recuerda que en el Palacio de Justicia no sólo se celebraba la vista previa de medidas cautelares a raíz de la demanda de Telma Ortiz y su compañero, Enrique Martín-Llop, sino también comparecencias en otros Juzgados y se efectuaban trámites en el Registro Civil, Decanato y los Juzgados.

Matiz de los periodistas

El Sindicato de Periodistas de Cataluña (SPC) pidió ayer que no se confunda el ejercicio del periodismo con «el tipo de actividades que han llevado al caso Ortiz», en relación con la petición ante el juez presentada por Telma Ortiz en defensa de su privacidad. El sindicato ha querido dar su opinión sobre el debate abierto a raíz de esta petición y ha aclarado que la libertad de expresión que garantiza la Constitución se refiere a la emisión de opiniones, y el derecho a la información, a «la divulgación de hechos que contribuyen a formar una opinión pública libre en una sociedad democrática».

Asimismo, afirma que libertad de empresa se refiere «a la capacidad de las empresas de comunicación para escoger libremente los contenidos de su medio sin censura previa, pero no las deja al margen de su obligación de informar de manera veraz sobre hechos de relevancia pública». Añade que los hechos de interés público «no se deben confundir con el interés de algún sector de la comunidad por algún tipo de hechos».