
La Audiencia Nacional abre una segunda causa contra la alcaldesa de Hernani por enaltecer a ETA
El juez Marlaska cree que pudo incurrir en delito al negarse a cambiar el nombre de una calle dedicada a un etarra
Actualizado: GuardarLa Audiencia Nacional abrió ayer una segunda causa penal contra la alcaldesa de la localidad de Hernani (Guipúzcoa), Marian Beitialarringoitia, por un delito de enaltecimiento de la banda terrorista ETA. El delito está sancionado con penas de uno a dos años de cárcel.
El juez Fernando Grande-Marlaska considera que la primer edil, elegida hace un año en las listas de Acción Nacionalista Vasca (ANV), pudo incurrir en este delito por negarse a cambiar el nombre de una calle del pueblo dedicada a un etarra. Por este motivo, y en contra del criterio de la Fiscalía, acordó admitir a trámite la querella presentada por Dignidad y Justicia (DyJ) y citó a declarar a la alcaldesa como imputada el próximo 2 de junio. Beitialarringoitia tiene abierta desde enero pasado otra causa por enaltecimiento de ETA en el Juzgado Central 1. Las diligencias, que en breve se remitirán al Juzgado Central de lo Penal para su enjuiciamiento, investigan si la alcaldesa cometió el delito cuando el 12 de enero pasado, en un acto público en Pamplona, pidió «un chaparrón de aplausos, lo más caluroso posible», para Igor Portu y Martín Sarasola, dos de los etarras acusados de volar la T-4 del aeropuerto de Barajas, atentado en el que murieron dos personas.
La causa abierta por Grande-Marlaska investiga la existencia de una calle de Hernani a nombre del etarra José Aristimuño, 'Pana', condenado por el asesinato del comandante Jesús Velasco, y de una plaza en honor de los miembros de ETA. Los demandantes enviaron en diciembre pasado un requerimiento a la alcaldesa para que retirara ambos nombres, pero no obtuvieron respuesta alguna.
Informes
El juez ha pedido a la Policía y a la Guardia Civil informes sobre Pana y sobre las calles de Hernani con nombres de etarras, y a la Ertzaintza que reclame del ayuntamiento los acuerdos por los que se dio nombre a calle y plaza y el informe que se abriese tras el requerimiento de DyJ. Todas las diligencias deben estar en su poder antes del interrogatorio del 2 de junio.
Marlaska indica en su auto que no sólo podría considerarse delito dar el nombre de un etarra a una calle, hecho que ocurrió hace años y por otra corporación, sino también «mantener dicha resolución» pese a recibir la reclamación ciudadana, por lo que implica de «asentimiento personal respecto a dicha loa institucional» y de «asunción de su contenido esencial».
La decisión del juez es contraria a las otros dos jueces de la Audiencia Nacional, que han archivado querellas similares contra otros alcaldes vascos, por entender que no puede achacárseles un delito por una decisión tomada hace años.