en 18 meses

El guardia civil que abusó de sus hijas tendrá su patria potestad cuando salga de la cárcel

Recuperará la custodia de su hija pequeña cuando cumpla la condena por abusos contra ella y contra su hijastra, Patricia, que se suicidó tras denunciarlo

MADRID Actualizado: Guardar
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El guardia civil José María C., culpable de un delito continuado de abuso sexual contra su hijastra, Patricia, que se suicidó tras presentar denuncia contra él, podrá recuperar la patria potestad de su hija pequeña, de la que también abusó, cuando cumpla la condena de un año y seis meses a la que ha sido condenado por este caso.

La titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Móstoles ha condenado al acusado a tres años de cárcel por abuso continuado contra la hija mayor de su pareja, y a un año y seis meses por un sólo delito reconocido de abusos contra su propia hija, Andrea, que ahora tiene diez años.

Reconoce la sentencia que "no han concurrido circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal" del imputado, le condena asimismo a la inhabilitación para ejercer su profesión durante el tiempo que dure la condena y le suspende el derecho a la patria potestad sobre su hija los 18 meses que dura el castigo.

La Fiscalía de Móstoles había pedido seis años para el guardia civil por considerar que estaban demostrados los delitos continuados de abusos contra ambas; sin embargo, la jueza ha entendido que contra la pequeña ha habido un único delito de abuso.

Cinco años de abusos

Además, deberá indemnizar con 30.000 euros por el daño moral causado a su esposa, en su condición de heredera de su hija Patricia, que falleció tras arrojarse al Metro "por no aguantar la presión" tras haberse presentado la denuncia, según explicó la familia. Pagará asimismo 6.000 euros a la hija pequeña, Andrea, igualmente por los daños morales correspondientes al delito reconocido. La sentencia, no obstante, no es firme ya que se puede presentar en el plazo de diez días hábiles un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Los hecho probados, según la sentencia, indican que el hombre abusó de su hijastra Patricia desde que ésta cumplió los diez años, hasta los quince -de 1997 a 2002-, y de su hija Andrea "desde fecha indeterminada y sin que conste el número de ocasiones en que se llevó a efecto", por los que ésta ha necesitado tratamiento psicológico posterior.

En el caso de Patricia el acusado reconoció la existencia de dos actos concretos, que refiere como "tocamientos y no abusos" cuando la hijastra "estaba dormida". Sin embargo, dice la jueza, "en modo alguno se puede concluir en la existencia de esos dos actos reconocidos por el acusado única y exclusivamente, sino muy al contrario la prueba es plenamente acreditativa de una pluralidad de actos que integran el delito continuado" que manifiesta la acusación.

La jueza le condena pero le devuelve la custodia

La titular del Juzgado de Móstoles tuvo en cuenta durante el periodo de instrucción del juicio la declaración de la niña que murió, que explicó que denunciaba los hechos ante la sospecha de que a sus hermanos les pudiera estar ocurriendo lo mismo "y porque era algo que la comía por dentro".

Tras reconocer la juez las "serias dificultades" que existen para fijar indemnizaciones por daños morales, explica la sentencia que se indemniza "el daño moral derivado única y exclusivamente del delito cometido respecto de Patricia, delito desligado de las dramáticas consecuencias posteriores (el suicidio de la chica)".

Igualmente, señala la retirada de la patria potestad de su hija menor, víctima del delito, "por el gravísimo agravio interferido por el acusado" a la institución de la que era titular pero que, aparte de considerarle "merecedor de riguroso reproche", le devuelve la custodia al término de la condena, es decir, en 18 meses.