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LECHE PICÓN

Huelga

La Constitución Española consagra el derecho de huelga como un derecho fundamental. Lo cual a mí, que no he hecho huelga en mi vida sino todo lo contrario, me la refanfinfla. Sobre todo porque no comprendo que se pueda equiparar el derecho a la huelga -que para la mayoría de los países de nuestro entorno y para la propia Organización Internacional del Trabajo no es más que un medio legítimo de los trabajadores para la consecución de sus fines laborales- con derecho que sí son fundamentales como el derecho a la vida, a la libertad, a la tutela judicial efectiva, a la presunción de inocencia, etc... Y claro, así nos luce en la piel de toro, que, a pesar de ser el país de Europa con más absentismo laboral y más bajas médicas en el trabajo, raro es el día en que cualquier colectivo -subvencionado con fondos públicos, por supuesto- no te monta una huelga en defensa de la reproducción en libertad del cangrejo blanquirrojo o del derecho al onanismo del mono del Tempul. Verbigracia.

JUAN PEDRO COSANO
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En este contexto, los trabajadores de Cojetusa -es decir, los de los autobuses rosas y urbanos-, como casi cada año, la han montado en la Feria del Caballo. Su huelguecita anual, quiero decir. El motivo ha sido, según han manifestado textualmente, «la falta de avance en la negociación del convenio». Y nada más: no se habla de salarios miserables -¿cómo van a hacerlo, si ganan más de treinta mil euros al año?-, ni de condiciones de trabajo inaceptables, ni de abusos por parte de la dirección ni de ninguna otra razón que, en una adecuada ponderación entre causa y efecto, pudiera justificar la adopción de medida tan drástica que perjudica exclusivamente a la gente humilde, a la que tiene el autobús público como único medio de transporte. Sólo eso: «la falta de avance en la negociación del convenio». Frase arquetípica de toda huelga bajo la que sólo subyacen motivos económicos: se quiere ganar más, se pretenden subidas que en cualquier empresa privada -Cojetusa está subvencionada con fondos públicos, no lo olviden- serían inasumibles. Se prioriza, en suma, el interés de unos pocos por encima del interés general.

En España se reguló el derecho a la huelga por vez primera mediante el Real Decreto Ley 17/1977, de Relaciones de Trabajo, siendo posteriormente reconocido por la Constitución en su artículo 28.2 como derecho fundamental. Lamentablemente, sin embargo, y a pesar de los treinta años transcurridos desde la promulgación de la Carta Magna, aún no se ha procedido a desarrollar el derecho mediante Ley Orgánica, lo que viene a significar que la huelga en nuestro país se rige por un decreto preconstitucional, aunque matizado por el Tribunal Constitucional en su sentencia de 8 de Abril de 1.981.

Urge, pues, la promulgación de una norma con rango de ley que venga a desarrollar el derecho de huelga de forma acorde con los nuevos tiempos. La sociedad de la información, los avances tecnológicos, la justicia y la concepción social de las relaciones laborales han acabado de forma casi definitiva con situaciones de explotación y de desequilibrio inaceptable en el binomio empleador-trabajador. Hoy, cualquier trabajador conoce sus derechos y los exige, de forma tal que las huelgas en las empresas privadas suelen ser en la actualidad rara avis, salvo causas realmente dramáticas. Hoy, por desgracia, como ocurre ahora en nuestra Ciudad, las huelgas suelen ser protagonizadas por quienes tienen a su cargo servicios públicos, que saben que, ante la privación de los mismos a la ciudadanía, la Administración o la concesionaria acabarán cediendo a sus demandas, por abusivas que sean. Es con este tipo de conductas con el que hay que acabar. La huelga debe ser conceptuada como instrumento último para la obtención de fines legítimos en el ámbito social. Y hay que arbitrar medidas para poner en su justo lugar a quienes un año y otro nos amenazan con huelga por mor de sus demandas ridículas y sus reivindicaciones de la señorita Pepis.