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Condenan a los padres de dos niñas de 7 y 15 años por dejar que falten a clase
El juez los multa con 810 euros a cada uno tras considerar probados los hechos Se trata de la quinta sentencia judicial a raíz de una denuncia de absentismo
Actualizado: GuardarLos padres de una niña de siete años han sido condenados al pago de una multa económica por importe de 810 euros para cada uno después de que el Juzgado de lo Penal de Cádiz haya considerado probado que ambos progenitores amparaban un caso continuado de absentismo escolar de su pequeña, que incluso no estaba matriculada en ningún centro educativo.
La historia de esta nueva sentencia -y van cinco, contra el absentismo escolar que castiga a los progenitores o tutores legales de los menores- se remonta al mes de febrero del año 2004, cuando los técnicos de la delegación de Educación del Ayuntamiento de Chiclana intervienen en el caso de una familia chiclanera, con antecedentes de absentismo en sus hijos, después de informarse de la no asistencia al colegio de una de sus pequeñas de sólo siete años de edad.
Tras seguir faltando la menor a clase de forma reiterada en semanas sucesivas, los técnicos proceden a advertir a los padres de que podrían estar incurriendo en un presunto delito de abandono de familia. Finalmente, el caso de la menor se normaliza y continúa yendo a clase.
No obstante, la Policía Local averigua unos meses después, en marzo del año siguiente, el de 2005, que ese mismo matrimonio tiene otra hija de 15 años -por lo tanto también en edad de escolarización obligatoria-, que tampoco se encuentra escolarizada en centro docente alguno.
Una vez que se confirma este extremo se instruyen las correspondientes diligencias policiales por un presunto delito de abandono de familia y se remiten las mismas a la Fiscalía de Menores de Cádiz, desde donde se cursa la pertinente denuncia a los Juzgados de Instrucción de la localidad de Chiclana.
El posterior juicio oral, celebrado en los Juzgados de lo Penal de Cádiz hace varias semanas, dicta sentencia condenatoria contra los padres de ambas menores como responsables legales de una falta continuada a clase de ambas que se da por probada.
Modelo provincial
Fruto de esa condena, en principio económica, se fija que tanto el padre como la madre de las dos niñas tendrán que cumplir un día de privación de libertad por cada dos cuotas que no paguen de la cuantía total de la sanción económica impuesta por el juez.
Esta resolución judicial es la quinta sentencia condenatoria en materia de absentismo escolar que se dicta contra familias chiclaneras. Desde la delegación municipal de Educación se considera «satisfactorio que se produzcan este tipo de precedentes legales en materia de absentismo».
En ese sentido, el edil del área, Agustín Díaz, recalca que el programa de lucha contra el absentismo que lleva aplicando el Ayuntamiento chiclanero desde hace varios años «está despertando un gran interés por parte de otras localidades, que solicitan información sobre el protocolo de actuación instaurado para estos casos».
Además, el responsable local en materia educativa considera que «hay que reconocer la gran labor que realizan los profesionales de la delegación de Educación junto con los agentes de la Policía Local en una materia tan importante como es el absentismo escolar».
Esta colaboración se potenciará en los próximos meses para «concienciar a la totalidad de los padres de la importancia que tiene la educación de los menores».
Agustín Díaz quiso recordar ayer, nada más darse a conocer públicamente esta nueva sentencia judicial que condena los padres de dos niñas que faltaban a clase de forma habitual, que «estos buenos resultados no serían posibles sin el trabajo de los propios centros educativos y de la propia Fiscalía de menores y jueces que están llevando estos casos».