Excepción penal
Actualizado:a resolución del Tribunal Supremo que posibilita el recurso de la Fiscalía contra la puesta en libertad del violador de Vall d´ Hebron abre el camino a la aplicación de la llamada «doctrina Parot» para delitos no terroristas pero sí de especial gravedad, en los que no se haya acreditado la rehabilitación del delincuente y exista peligro de reincidencia. Casos como el presente, en el que el condenado salió de prisión tras cumplir 16 de los más de 300 años de cárcel a los que fue condenado, generan una fuerte controversia social y reavivan el debate sobre la adecuación del sistema penal a la comisión de delitos tan destructivos para las víctimas. Sin embargo, las discrepancias existentes en el seno del propio Supremo y las advertencias que efectúa sobre los límites de su doctrina aconsejan que la misma se aplique con la máxima cautela y calibrando que no se vulneren los derechos constitucionales de los reos.