
Una de las dos empresas multadas por la Junta «no existe como ente jurídico»
Actualizado: GuardarEl sindicato UGT apuntó el hecho de que «una» de las empresas jerezanas sancionadas por la Junta con 601.012 euros por el accidente laboral que causó dos muertos en Ronda Muleros «no existe como entidad jurídica». Así, fuentes de la Federación del Metal, Construcción y Afines de UGT Cádiz indicaron en ese caso que «la Junta tendrá que tomar medidas para que los propietarios de ambas sociedades abonen las cantidades establecidas en esta sanción».
Fuentes sindicales señalaron que Al Trote Ferrallas «ya no existe como entidad jurídica, al menos con ese nombre», mientras que sobre la segunda empresa sancionada, Grupo Inmobiliario Fénix Camacho, «no hemos oído hablar más de ella».
De esta forma, apuntaron la posibilidad de que «ninguna de las dos empresas esté operando en el mercado inmobiliario, al menos con esos nombres».
En ese sentido, destacaron que la Junta «deberá tomar medidas y reclamarle el dinero a las personas físicas, es decir, a los propietarios de esas sociedades». Agregaron que, en todo caso, «si la empresa subcontratada no puede pagar por falta de liquidez, subsidiariamente deberá hacerse cargo del pago correspondiente la empresa principal, Grupo Inmobiliario Fénix Camacho SL».
UGT, que cuando se produjo el accidente, en julio de 2001, interpuso una denuncia ante la Inspección de Trabajo, agregó que se trataba de empresas familiares.
Las fuentes indicaron que si actualmente no existieran esas empresas «la persona física tendrá que asumir algún tipo de responsabilidad, y si no puede hacer frente al pago de esas sanciones, tendrá que pagarlo o bien con cárcel o con el embargo de bienes; alguna acción deberá tomar la Junta».
El sindicato, que espera que la nueva Ley de Subcontratación clarifique las responsabilidades empresariales en caso de accidente laboral, valoró esta sanción de la Junta como «ejemplar» y consideró que esas multas deben ser «ejemplarizantes para que tengan un efecto disuasorio real para las empresas que no están cumpliendo sus obligaciones en materia de prevención».
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía acordó el martes imponer los 601.012 euros de sanción por incumplimiento de la normativa de seguridad y salud laboral en el accidente de Ronda Muleros.
Esta infracción, tipificada como muy grave, ocasionó la muerte de dos trabajadores y heridas graves en otro, suceso que se produjo el 19 de julio de 2001. Según la Junta, se trata de la sanción más elevada de las impuestas en este ámbito por la administración autonómica en la última legislatura.
Para imponer la sanción, el Gobierno andaluz tuvo en cuenta los informes realizados por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Cádiz y la sentencia dictada el 11 de diciembre de 2007 por el Juzgado Penal número 2 de Jerez. De acuerdo con la normativa vigente sobre infracciones en el orden social, la tramitación del expediente sancionador tuvo que suspenderse a la espera de que se resolviese el proceso penal.
Reacción de la Junta
El consejero andaluz de Empleo en funciones, Antonio Fernández, valoró «positivamente» la sanción, lo que se traduce en el «mensaje claro» de que «hay tolerancia cero con la siniestralidad laboral».
Fernández recordó que fue la Consejería de Empleo la que propuso dicha sanción para las empresas Al Trote Ferrallas, SL, y Grupo Inmobiliario Fénix Camacho, SL., la sanción «más alta de la legislatura» por tratarse de un hecho «tipificado como infracción muy grave» y que «viene precedido por una condena penal».
Fernández reiteró el compromiso de «perseguir a todo aquel que pone en peligro la vida de las personas». Asimismo, se refirió a la sanción como «un eslabón más de la cadena en la que venimos trabajando todas las partes para erradicar la siniestralidad».