El GAL habría prescrito, según el TC
El Tribunal Constitucional ha herido el amor propio (o la jurisprudencia) del Tribunal Supremo, y el fiscal general del Estado ha herido el amor propio (y zarandeado la conciencia) del Tribunal Constitucional, que ha usado como paño de lágrimas al mismísimo Gobierno, al que envió ayer un escrito de queja (o de lamentaciones más bien jeremíacas) por la discrepancia hecha pública por el alto fiscal Conde-Pumpido de la sentencia que libra de la cárcel a los conocidos empresarios y financiaros Alberto Cortina y Alberto Alcocer, primos entre sí y apodados en los medios del corazón y del dinero los Albertos. La sentencia de la Sala II del Constitucional les ha evitado cumplir tres años y pico de cárcel por estafa y falsedad mercantil.
Actualizado: GuardarLos doce magistrados que forman el plenario del Tribunal Constitucional, seis progresistas y seis conservadores, han suscrito por unanimidad la queja enviada al Gobierno. Y el Gobierno no sabe qué hacer con ella, si reprender a Conde-Pumpido o lavarse las manos, que sería la opción más discreta cuando juristas muy acreditados dan la razón al Supremo y se la quitan al Constitucional. Se trata simplemente, y expuesto en forma muy simplificada, de una diferencia de criterios a la hora de señalar si el plazo de prescripción de delitos se detiene por la presentación de una simple denuncia, sobre el asunto en vías de prescripción, o si es necesario que la tome en consideración un juzgado, tesis del Constitucional. Según este alto tribunal, el plazo de prescripción ha corrido fluido y sin interrupciones para los delitos de los Albertos.
Se sabe que en campañas electorales se amortigua la resonancia de acontecimientos como éste, que en otro momento hubiera dado alimento inagotable en las teles a los programas del corazón. De ahí que el disfrute de la libertad muy afortunada que a los primos Alcocer y Cortina les ha proporcionado una interpretación sutilmente matizada del procedimiento penal haya levantado muy escasa demagogia y el asunto se haya encajado en su exacto contexto, que es el jurídico. Pero al margen de lo jurídico, lleva varios lustros la Justicia española tiñendo de política gran parte de su gestión, en la asignación de cargos especialmente, para los que la ideología es un mérito.
Que se plantee ahora un conflicto en la cumbre de nuestra jurisdicción judicial indica hasta qué extremo en el ámbito de la judicatura no es perfecta ni mucho menos la sintonía en la escala piramidal de las instancias. Según la sentencia que exonera de cárcel a los Albertos, los juicios por el GAL no se hubieran podido iniciar, ya que la prescripción de aquellos delitos no debió ser frenada por una denuncia desatendida judicialmente en su momento. Pero el Supremo y la Audiencia Nacional sostenían, y sostienen, lo contrario que el Constitucional, es decir, que aquella denuncia desatendida interrumpió la prescripción de los crímenes de los GAL, que desde los juzgados abochornaron durante años nuestra política.