SEVILLA

Cinco concenados a prisión por vender carnés de conducir falsos no irán a la cárcel

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La sección tercera de la Audiencia de Sevilla condenó ayer a penas de un año y cinco meses de cárcel y a una multa de 10.180 euros a los cinco vendedores de carnés de conducir falsos por los delitos de cohecho y falsedad, y a una multa de 540 euros a 63 compradores. Las penas fueron impuestas a los acusados después de que se llegara a un acuerdo entre las partes que evitó la celebración del juicio y permitió la rebaja de las penas que se solicitaban para los imputados, porque la Fiscalía aceptó la atenuante «muy cualificada» de dilaciones indebidas en el caso. En cualquier caso, ninguno de los condenados tendrá que ir a la cárcel porque las penas de prisión impuestas son inferiores a los dos años.