Editorial

Ley dependiente

La Ley de Dependencia estableció, hace un año, el llamado «cuarto pilar» que, junto con la educación, la sanidad y las pensiones, conformará nuestro estado de bienestar. Su necesidad y trascendencia fueron asumidas por todo el arco parlamentario, que le dio su consentimiento por práctica unanimidad.

Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

Despertó también notables expectativas en una sociedad que, pese a su desarrollo económico, no cuenta todavía con un servicio público ordenado y sistemático que se haga cargo de ese casi 10% de dependientes que habita en su seno y cuyo cuidado recae, en gran medida, sobre la familia y en especial sobre las mujeres. El coste y la complejidad de su aplicación hizo prever que su pleno desarrollo se prolongara hasta 2015, cuando se espera que el Estado pueda dedicarle el 1% del PIB. Al año de su entrada en vigor, la evaluación provisional arroja resultados irregulares y no del todo satisfactorios. La Ley arrastra dos carencias de origen. En primer lugar, porque fue aprobada por las Cortes sobre una materia que está atribuida en exclusiva a las Comunidades Autónomas, de manera que el propósito igualitario de su articulado se ha topado con la heterogeneidad y la desigualdad territorial de las actuales prestaciones sociales.

Por otra parte, la atención a las personas dependientes precisa, además de una importante dotación económica, la existencia previa de una amplia y eficaz red de servicios residenciales o comunitarios que pueda prestarla y que aún no ha sido creada en España. En los siete años que aún quedan para su plena implantación, se requerirán, por tanto, notables esfuerzos políticos y económicos, y una enorme dosis de cooperación institucional y de voluntad política para que la Ley pueda arrojar los frutos que de ella se esperan.