ACUSACIÓN. Adelina Entrena. / LA VOZ
ANDALUCÍA

La Fiscalía pide la suspensión de empleo y cargo para la jueza que olvidó liberar a un preso

El Ministerio considera a la magistrada autora de un delito contra los derechos fundamentales

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La Fiscalía Superior de Andalucía ha solicitado suspensión de todo empleo o cargo público durante un año y tres meses para la jueza de Motril (Granada) Adelina Entrena, por olvidar acordar la libertad de José Campoy, el preso que pasó más de un año en la cárcel por un delito del había sido absuelto.

El pasado 22 de enero, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dispuso a través de un auto la apertura de juicio oral contra Entrena, quien fue expulsada por el Consejo General del Poder Judicial de la carrera judicial.

En este auto de apertura de juicio, que según han informado hoy a Efe fuentes del TSJA todavía no ha sido señalado, el magistrado del alto tribunal también requiere a la acusada que preste una fianza de 100.310 euros para hacer frente a las responsabilidades pecuniarias y costas a las que podría ser condenada.

Indemnización

La Fiscalía, según el escrito de acusación, pide además que Entrena indemnice al perjudicado en un total de 75.230 euros, de los que 15.230 corresponden a los perjuicios causados por los días de indebida privación de libertad y 60.000 por el daño moral sufrido.

El Ministerio Fiscal considera a la magistrada autora de un delito contra los derechos fundamentales del artículo 532 en relación con el 530, preceptos ambos del Código Penal, en la modalidad de prolongar la privación de libertad de un preso por imprudencia grave.

Por su parte, la acusación particular imputa a la jueza el mismo delito y solicita que se le inhabilite ocho años para empleo o cargo público o, alternativamente, durante dos años si se entiende que hubo imprudencia grave, y además formula reserva de acciones contra la acusada y subsidiariamente contra el Estado.

En el relato de hechos, el fiscal precisa que pese a que Campoy había sido absuelto a través de una sentencia declarada firme de un robo con violencia por el que fue juzgado, no se acordó ni se instó su libertad, lo que hizo que permaneciera en situación de prisión provisional.

Por tanto, y de manera «completamente indebida», dice la acusación pública, Campoy estuvo privado de libertad por esos hechos desde el día 23 de diciembre de 2005 hasta el 22 de marzo de 2007, lo que hace un total de 455 días, si bien 180 días le han sido abonados por el cumplimiento de otra condena, con lo que le resta un total de 275 días.

La Fiscalía precisa que tras varias suspensiones del juicio en el que Campoy debía ser juzgado por un robo, se acordó su prisión provisional para asegurar su presencia en la vista, por lo que fue detenido en Motril el 15 de noviembre de 2005.

Días más tarde, el 23 de diciembre, se celebró el juicio, que fue presidido por Entrena, quien dictó sentencia en fecha 10 de enero de 2006.

En esta resolución, tras exponer las circunstancias personales del acusado y sin cerciorarse ni comprobar cuál era su situación personal, «con desatención de las obligaciones inherentes a su cargo y a la trascendencia de dicha actuación jurisdiccional», se reseñaba que Campoy se hallaba en situación de libertad provisional.

La sentencia fue dictada absolutoria y, tras ser notificada al Ministerio Fiscal, única acusación, no fue recurrida, por lo que devino firme y así se declaró en fecha 13 de febrero de 2006.