ANDALUCÍA

La JEA recuerda que no se permiten aportaciones a los partidos superiores a los 6.000 euros

La Junta Electoral de Andalucía (JEA) recuerda a todas las formaciones políticas que concurren a las elecciones autonómicas del próximo 9 de marzo que no se permite a cualquier persona física o jurídica aportar fondos a las cuentas electorales de un mismo partido, federación, coalición o agrupación, por cuantía superior a 6.010,12 euros. Esta recomendación figura en una instrucción sobre cumplimiento de normas en materia de ingresos y gastos electorales aprobada por la JEA el pasado día 24, que establece la obligación de comunicar la apertura de cuentas para la recaudación de fondos y realización de pagos por parte de los administradores electorales generales y provinciales.

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Dicha instrucción recuerda que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) determina que quienes aporten fondos para sufragar gastos electorales deben hacer «constar en el acto de la imposición su nombre, domicilio y el número de su DNI o pasaporte que será exhibido al correspondiente empleado de la entidad depositaria».

Junto a ello, recuerda que cuando se aporten cantidades por cuenta y en representación de otra persona física o jurídica, se hará constar el nombre de ésta.