ESPAÑA

Atutxa, condenado por desobediencia al no disolver a Batasuna en el Parlamento vasco

La Sala de lo Penal del Supremo condenó ayer al ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa y otros dos miembros de la Mesa de la Cámara por un delito de desobediencia grave a este alto tribunal al no haber cumplido en 2003 la orden de disolver el grupo parlamentario Socialistas Abertzales (SA), formado con los diputados elegidos en las listas autonómicas de Batasuna.

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El Supremo ordenó a la Cámara de Vitoria esta medida en abril de 2003, días después de decretar la ilegalización de Batasuna y de sus demás marcas electorales, y le reiteró la orden en sucesivas ocasiones durante todo el verano y el otoño de ese año sin lograr que se ejecutase.

La mayoría de los doce miembros que forman la Sala de lo Penal, tras unas cinco horas de deliberación, acordaron aceptar el recurso de casación presentado por el autodenominado sindicato de funcionarios Manos Limpias contra la sentencia del Tribunal Superior del País Vasco que, el 5 de enero de 2007, absolvió a Atutxa y a los otros dos encausados, Kontxi Bilbao (IU) y Gorka Knörr (EA), por considerar que no cometieron delito alguno. La resolución derrota no sólo las tesis de la defensa sino también las de la Fiscalía, que se opuso al juicio, a la condena y al recurso por considerar que los tres políticos no cometieron delito alguno.

Sentencia del Supremo

El tribunal en una sentencia que dará a conocer en los próximos días, y a la que varios de los magistrados presentarán votos particulares discordantes, anulará el fallo del Tribunal Superior e impondrá a los tres acusados una condena de multa y de inhabilitación para el desempeño de cargos públicos. La cuantía exacta de la multa y el tiempo concreto de inhabilitación no trascendió con el fallo, aunque Manos Limpias pidió al tribunal que condenase a cada uno de ellos a dos años de inhabilitación y a una multa de 108.000 euros, el máximo que permite la ley.

La inhabilitación no afectará de forma directa a Atutxa, que en la actualidad ocupa la presidencia de la Fundación Sabino Arana, ni a Gorka Knörr, que ha dejado la actividad política, pero sí que tendrá reflejo inmediato en la vida de Bilbao, que es parlamentaria vasca y cuya plaza profesional, de la que en este momento está en excedencia, la tiene en el Ayuntamiento de Vitoria



El tribunal superior vasco, en la sentencia hoy anulada por el Supremo, consideró que no hubo delito porque los tres acusados no se mantuvieron pasivos ante la reclamación del Supremo e intentaron arbitrar los procedimientos jurídicos para hacer cumplir la sentencia, aunque al final no lograron que el resto de grupos parlamentarios aceptase modificar el reglamento del Parlamento vasco para hacer posible la disolución del grupo de SA.



Artimañas jurídicas



La acusación popular de Manos Limpias fue la única parte que discrepó de este criterio en el juicio celebrado en Bilbao ya que la Fiscalía, que como la defensa defiende la inocencia de los encausados, solicitó al tribunal superior que archivase la causa y que no sentase en el banquillo a los imputados. El sindicato, sin embargo, consideró que los acusados pretendieron incumplir las órdenes del Supremo de forma clara y desde el principio, pero que encubrieron su delito con artimañas jurídicas para intentar escapar a su condena.



Las tres partes mantuvieron hoy en la vista oral del recurso idénticas posiciones que en el juicio de Bilbao, pero la defensa de los tres acusados y la Fiscalía pidieron además al Supremo que ni siquiera entrase en el fondo del asunto y que desestime el recurso de Manos Limpias por considerar que esta organización no está legitimada para presentarlo. Defensa y Fiscalía basaron esta cuestión previa en la llamada doctrina Botín, planteada por el alto tribunal en la sentencia que absolvió al banquero en diciembre pasado.



La doctrina Botín dice que en las causas por delitos menores -procedimiento abreviado- si la Fiscalía y los perjudicados directos -acusación particular- no ven la existencia de delito y retiran la acusación el caso no debe terminar en juicio. El empeño único de una acusación popular -en este caso Manos Limpias- no es suficiente para sentar a alguien en el banquillo. Por este motivo, ambas partes creen que si Manos Limpias no estaba legitimada para llevar a Atutxa , Bilbao y Knörr a juicio menos lo está para recurrir ante el Supremo su absolución por un tribunal.



No hay doctrina Botín



El pleno sin embargo, por un ajustado siete a cinco, consideró que en este caso no es de aplicación la doctrina Botín y que la acusación particular podía impulsar el juicio y el recurso sin cortapisas. La razón esgrimida por la mayoría es que en esta ocasión no había parte directamente afectada, por lo que no podía haber acusación particular.



Atutxa , que junto a Kontxi Bilbao quiso hoy estar presente en la sala de vistas del Supremo, declaró a la salida del acto, en apoyo del fiscal y de su defensa, que la sentencia de Botín es aplicable a este caso como si fueran dos gotas de agua. Comentó que este asunto, impulsado por un sindicato ultraderechista, no debería haber llegado a este día, pero mostró su convencimiento en que el Supremo lo dejará cerrado tres años y medio después. Izaskun Bilbao, la actual presidenta del Parlamento vasco, también se desplazó a Madrid para acompañar y apoyar a los acusados.



01/21/21-44/2008