El ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa, a su llegada al Tribunal Supremo para asistir como público a la vista del recurso contra la sentencia del TSJPV. /EFE
por no disolver Sozialista Abertzaleak

El Tribunal Supremo condena a Atutxa por un delito de desobediencia

Multa e inhabilitación para el ex presidente del Parlamento vasco, junto con los ex miembros de la Mesa Kontxi Bilbao y Gorka Knorr

MADRID Actualizado: Guardar
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El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado por mayoría estimar el recurso de casación interpuesto por el sindicato 'Manos Limpias' contra la sentencia del TSJPV que absolvió al ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa y a los ex miembros de la Mesa de la Cámara de Vitoria Kontxi Bilbao y Gorka Knorr de un delito de desobediencia a autoridad judicial por no disolver Sozialista Abertzaleak (SA) tras la ilegalización de Batasuna en 2003. Los tres serán condenados a penas de multa e inhabilitación.

La decisión de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo supone rechazar las pretensiones expuestas durante la mañana tanto por el fiscal Fernando Prieto como por el abogado de Atutxa , Bilbao y Knorr, quienes habían solicitado a la Sala que aplicara la denominada 'doctrina Botín', planteada por el alto tribunal en la sentencia que absolvió al banquero en diciembre pasado y que impide la apertura de un juicio a instancia exclusiva de la acción popular, como ocurría en este caso.

En la nota informativa difundida por el TS se explica que el contenido de la sentencia será dado a conocer en los próximos días, así como los votos particulares de aquellos magistrados que discrepan de la opinión de la mayoría.

'Manos Limpias', que ejercía la acusación popular, fue la única parte que presentó cargos durante el juicio celebrado en su día contra los ex parlamentarios, ya que el fiscal en el tribunal vasco desistió de acusar y no existía ninguna acción particular que se dirigiera contra Atutxa y el resto, dada la naturaleza del delito atribuido a los procesados.

La 'doctrina Botín'

La denominada 'doctrina Botín' fue adoptada por el Tribunal Supremo muy recientemente, el pasado 18 de diciembre, y sirvió para confirmar la negativa de la Audiencia Nacional a abrir juicio contra el presidente del Grupo Santander, Emilio Botín, y otros directivos de la entidad, en el denominado "caso de las cesiones de crédito". La Audiencia argumentó, y posteriormente lo confirmó esta misma Sala del tribunal Supremo, que la celebración de un juicio únicamente instado por la acusación popular contraviene la legalidad procesal.

Finalmente, el Supremo no ha acogido la tesis del fiscal y del abogado de Atutxa, Alberto Figueroa. De haberse producido una decisión contraria se hubiera tratado de la primera vez que se aplica esta doctrina a un caso distinto al de Botín. En las mismas circunstancias se encuentran hoy otros casos, como el que se tramita contra el lehendakari Juan José Ibarretxe, por reunirse con miembros de la ilegalizada Batasuna, y el denominado "caso Bórico" contra determinados policías por falsear informes sobre los atentados del 11-M.

El propio Atutxa ha estado presente en la vista ante el alto tribunal acompañado de Bilbao, mientras que Knorr no ha podido acudir por cuestiones personales, según fuentes cercanas al caso. Les acompañaban la actual presidenta de la Cámara de Vitoria, Izaskun Bilbao, y varias personas pertenecientes a la Fundación Sabino Arana, que Atutxa preside.