Un juez prohibe la venta del archivo de Aleixandre a la Junta de Andalucía
Un Juzgado ha prohibido temporalmente al poeta Carlos Bousoño y a su esposa, Ruth Crespo, enajenar el archivo y otros bienes, documentos y efectos del Premio Nobel Vicente Aleixandre, legado que había acordado comprarles la Junta de Andalucía y la Diputación de Málaga por cinco millones de euros.
Actualizado:El juez, según la diligencia judicial a la que ha tenido acceso Efe, acepta así la petición de medidas cautelares solicitada por la sobrina de Aleixandre , Amaya Aleixandre, quien se declara heredera de su tío y que había formulado una demanda contra Bousoño -amigo del Nobel- y Crespo.
La sobrina requirió previamente a la Diputación para que se abstuviera de cualquier acuerdo que directa o indirectamente afectara a la transmisión de bienes de su tío, en poder ahora de Carlos Bousoño, al indicar que aún debía ejecutarse su testamento y son sus familiares los legítimos herederos, aunque este organismo aprobó el pasado 4 de diciembre seguir con la compra.
El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Majadahonda estima totalmente la petición de Amaya Aleixandre y ordena a los demandados la «inmediata prohibición temporal, hasta autorización judicial posterior en sentido contrario, de enajenar por cualquier título, el archivo y cuantos bienes, documentos y efectos personales del Premio Nobel de Literatura español, Vicente Aleixandre , tengan».
El juez condiciona la prohibición a la previa caución que deberá prestar la solicitante, fijada en mil euros, y los demandados dispondrán de un plazo de veinte días para formular oposición a las medidas acordadas.
La autoridad judicial ordena además a Bousoño y Crespo la formación de un inventario detallando todos los bienes, efectos y demás objetos de Aleixandre que están en su poder, concretando dónde están físicamente y en qué condiciones.
En la resolución se justifica «por el hecho (...) de que existen acuerdos reales con la Diputación Provincial de Málaga y con la Junta de Andalucía para proceder a la venta de dichos bienes y objetos en poder de los demandados».