Carta relegada
La proclamación ayer de la nueva Carta de Derechos Fundamentales de la UE, que detalla y protege los derechos civiles y políticos de los ciudadanos y también aquellos otros de contenido económico y social o de última generación, ratifica medio siglo de compromiso comunitario en defensa de las libertades y la dignidad del ser humano. Resulta por ello reprobable que los eurodiputados escépticos utilizaran la ceremonia oficial para escenificar una ruidosa protesta. Pero aun cuando la Carta se engarce en el acervo compartido para convertir la UE en un verdadero espacio de amparo a derechos esenciales, el documento final constituye un motivo de decepción para los partidarios de avanzar con mayor determinación en la cohesión europea; especialmente porque su contenido no forma parte del nuevo Tratado de Lisboa que sustituye a la fallida Constitución. Aunque la Carta gozará de una potencialidad jurídica vinculante, carecerá de la visibilidad y el valor simbólico que merece el reconocimiento de los Derechos Fundamentales en el proyecto de integración. Un déficit que se ve agravado por las reservas manifestadas por el Reino Unido y Polonia para aplicar íntegramente las previsiones del texto en sus respectivos territorios.
Actualizado: GuardarLa frustrada propuesta constitucional sí contenía formalmente la Carta, pero ésta sufrió una devaluación por efecto, fundamentalmente, de la presión de los negociadores británicos, temerosos de que se desarrollara por vía jurisprudencial la Europa social y la protección de los trabajadores. De ahí que su resultado final haya sido fruto de una preocupante paradoja, porque tanto la Constitución como ahora más claramente el Tratado de Lisboa no sólo no han profundizado en la protección de los derechos fundamentales. También han sembrado nuevas dudas sobre el criterio común en torno a cuáles son los valores y el modelo social que propugna la Unión, dentro de la aceptación de la diversidad europea y el respeto a las distintas tradiciones que la conforman. La Carta enumera las libertades, derechos y principios que forman parte de nuestro mejor patrimonio común, convirtiendo a los ciudadanos europeos en algo más que meros consumidores y receptores de bienestar económico. Pero también estaba concebida para garantizar la limitación del poder de las instituciones europeas y asegurar que ninguna norma comunitaria vulnera las libertades ciudadanas, con el objetivo de lograr una Unión basada en los ideales del Estado de Derecho cuyo refrendo sigue resultando necesario ante la incorporación de nuevos miembros con una frágil tradición democrática. La prohibición de que las autoridades comunitarias legislen para desarrollar los contenidos de los derechos fundamentales o garantizarlos a través de futuros procedimientos limita la adecuada aplicación del espíritu de la Carta, cuya rigidez puede entorpecer, por añadidura, la respuesta judicial.