Odón Elorza. / EFE
ESPAÑA

Un juez archiva la denuncia contra Odón Elorza por no izar la bandera española

La sentencia sobre la Academia de Arkaute no «obliga» al Ayuntamiento de San Sebastián

Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

El Juzgado de Instrucción número 4 de San Sebastián ha sobreseído la causa abierta contra el alcalde, Odón Elorza, quien había sido denunciado por el sindicato Manos Limpias por no enarbolar a diario la bandera española en la fachada consistorial. Al contrario que este colectivo de funcionarios públicos, la magistrada Ana Martínez estima en su resolución que la sentencia del Tribunal Supremo que instaba a colocar la enseña en la Academia de la Ertzaintza en Arkaute -emitida hace unos meses y en la que la central basaba la demanda contra el regidor donostiarra- «en absoluto establece ninguna obligación» respecto del Ayuntamiento.

«En concreto, el citado pronunciamiento (del Tribunal Supremo) resuelve el recurso de casación interpuesto por el Gobierno vasco contra la sentencia de 17 de octubre de 2003 de la sala de lo contencioso administrativo del TSJPV sobre cumplimiento de la obligación de colocar la bandera española en el exterior de la Academia de Policía de Arkaute», explica la titular del juzgado.

Su auto precisa que las resoluciones judiciales de los órganos integrados en el poder judicial «no vinculan a la generalidad de los ciudadanos sino, única y exclusivamente, a las partes en el proceso». «Por lo que, siendo notorio que la sentencia del Supremo se refería exclusivamente a determinada actuación del Gobierno vasco, es evidente que no existe respecto del Ayuntamiento una orden expresa de imposición».

La resolución de archivo subraya también que ninguna autoridad judicial ha remitido «mandamiento, oficio o requerimiento alguno» a Elorza para colocar la bandera, lo que «impide de plano» el delito de denegación de auxilio judicial. Aunque Manos Limpias culpaba al mandatario de una posible prevaricación por haber ordenado supuestamente no colgar la enseña, la juez desestima la imputación al considerar que tal orden no ha sido acreditada y ha sido incluso negada «rotundamente» por el alcalde.