ASOLEO. Vendimiadores extienden los racimos en Mollina.
ANDALUCÍA

El vino en Andalucía sí es un alimento

La nueva ley autonómica salvaguarda el 73 por ciento del viñedo andaluz ante la futura regulación europea y le da un tratamiento diferenciado del resto de alcoholes

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Comparar un whisky de batalla, de esos que se mezclan con refrescos para disimular su sabor, con una manzanilla de Sanlúcar, con un Jerez, un Málaga o un fino de Montilla suena a sacrilegio para los defensores de los vinos como uno de los elementos identitarios de la cultura mediterránea.

Hace poco más de un año, estábamos en ese debate en España, a causa de un anteproyecto de Ley del Gobierno central que daba el mismo tratamiento a todos los alcoholes, al considerarlos nocivos para la salud y el primer escalón hacia problemas de dependencia etílica.

El sector vitivinícola salió de la tranquilidad y sosiego de sus bodegas para poner el grito en el cielo. El Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero decidió 'congelar' la iniciativa y sopesarla mejor.

El Parlamento de Andalucía aprobó el pasado miércoles la Ley de Protección del Origen y la Calidad de los Vinos de Andalucía que, entre otros objetivos, persigue promocionar los caldos propios. Uno de los criterios para estas campañas subvencionadas con fondos autonómicos será informar sobre el vino como alimento natural dentro de la alimentación mediterránea. El vino, por lo tanto, sí es un alimento en Andalucía. Se recomendará, obviamente, el consumo responsable y y moderado, pero a la vez se fomentará el desarrollo sostenible del cultivo de la vid, favoreciendo el respeto al medio ambiente y la fijación de la población al medio rural.

Viabilidad económica

Tanto los técnicos de la Consejería de Agricultura, responsables del texto, como los miembros del Consejo Consultivo, que avalaron el contenido de esta norma, destacan que en el contexto actual de un mercado altamente competitivo, los productos agroalimentarios, y el vino en particular necesitan del fomento e identificación de su calidad, cuestiones de vital importancia para garantizar la viabilidad de la actividad económica.

Existen distintos aspectos o factores que definen la calidad de los vinos, en este sentido, el origen de un vino como factor de calidad hace referencia al mayor o menor grado en que las prácticas socio-culturales, es decir, los factores humanos y del medio geográfico en que tiene lugar su producción le confieren características o peculiaridades que lo diferencian de los demás.

En consecuencia, el origen de los vinos como distintivo de calidad hace referencia a todo el complejo proceso que discurre desde la selección de la variedad para vinificación, el cultivo de la viña, su recolección, hasta las técnicas de elaboración de los caldos para su comercialización. Tradicionalmente, en la Comunidad Autónoma de Andalucía se han producido vinos de gran calidad, reconocidos tanto en el ámbito nacional como internacional.

Esfuerzo

Este esfuerzo ha motivado, desde el principio, la necesidad de contar con una legislación propia que permita, entre otras cuestiones, que el consumidor pueda identificar los productos en el mercado, al tiempo que ofrecerle garantías en cuanto a que el producto que adquiere responde a unos parámetros de calidad certificados.

Pero existían, además, otros motivos de calado para que la comunidad contara con esta Ley.

La Unión Europea ultima la Organización Común de Mercado (OCM) del vino que afectará a aquellos vinicultores del continente cuya producción no esté bajo el paraguas de una Denominación de Origen. La norma, apoyada en la Cámara andaluza por todos los grupos políticos, logra de entrada que el 72 por ciento de los de viñedos que existen en la comunidad -unas 37.000 hectáreas- quedan al margen de cualquier iniciativa europea para controlar el número de viñedos en el continente. La herramienta para ello será la Ley de Protección del Origen y de la Calidad de los Vinos de Andalucía, cuyo anteproyecto ya ha aprobado el Consejo de Gobierno.

Cinco bloques

La nueva ley, que permitirá la regulación del sector en el ámbito del nuevo Estatuto de Autonomía, que en su artículo 83 le atribuye competencia exclusiva sobre denominaciones de origen y otras menciones de calidad, se estructura en cinco bloques, que definen las figuras de calidad y sus niveles de protección, los órganos de gestión, control y certificación, así como el régimen sancionador.

Como novedades, destaca la consideración de los nombres geográficos protegidos, y en especial de las denominaciones, como bienes de dominio público de titularidad de la Comunidad Autónoma.

La nueva norma establece distintos niveles de protección, diferenciando entre vinos de mesa, con derecho a la mención Vinos de la Tierra, y vinos de calidad producidos en determinadas zonas. Estos, a su vez, pueden ser de Calidad con Indicación Geográfica o Vinos con Denominación de Origen, que podrá ser calificada.

La última categoría corresponde a los Vinos de Pago, inscritos dentro de las denominaciones de origen, pero procedentes de una zona con características de suelo y microclima propias que los diferencian de otros de su entorno.

Las seis denominaciones de origen reconocidas en la Comunidad autónoma y controladas por sus correspondientes consejos reguladores son: Montilla-Moriles, Jerez-Xerès-Sherry, Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda, Condado de Huelva, Málaga y Sierras de Málaga.