El Parlamento aprueba la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía
El Parlamento de Andalucía aprobó ayer la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, que sustituirá a la normativa vigente desde 1991. Como principales novedades, el texto unifica las regulaciones estatal y autonómica sobre la materia, simplifica las actuales figuras de protección, establece medidas de defensa frente a la llamada contaminación visual de los monumentos y adecua sus disposiciones a la legislación urbanística y medioambiental aprobada en los últimos años, especialmente la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Actualizado: GuardarAdemás, la ley integra en un único catálogo general tanto las dos figuras de protección estatales (Bienes de Interés Cultural e Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español) como las dos autonómicas (Bienes de Catalogación Genérica y Bienes de Catalogación Específica). Estas últimas se unifican en la denominada de Catalogación General.
Como complemento a este catálogo general, el texto incorpora también la creación del Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz, donde se incluirán aquellos de menor entidad para su protección. Los bienes inmuebles de este inventario deberán quedar recogidos también por los ayuntamientos en sus guías urbanísticas.
Para las intervenciones u obras que afecten a los bienes declarados de interés cultural se exigirá autorización administrativa, mientras que las de las restantes figuras tan sólo requerirán de comunicación previa, sin perjuicio de que la Consejería de Cultura pueda proponer medidas correctoras.