Interior espera resolver 5.000 crímenes al año con la nueva base unificada de ADN
La ley, una recomendación de la comisión del 11-M, permite tomar muestras de sospechosos de delitos graves sin autorización del juez ni del interesado El archivo tiene 45.000 perfiles genéticos registrados por la policía y la Guardia Civil
Actualizado:La investigación criminal basada en las muestras de ADN tiene plena cobertura jurídica desde ayer. La ley orgánica de creación de un fichero unificado de perfiles genéticos, una de las recomendaciones de la comisión de investigación del 11-M, entra en vigor y los especialistas del Ministerio del Interior están convencidos de que les servirá para aclarar entre 4.000 y 5.000 crímenes al año, la mitad de ellos violaciones. Delitos que hasta ahora estaban sin resolver por la imposibilidad de comparar los restos encontrados en las escenas de los crímenes con perfiles extraídos de sospechosos.
La nueva base, que estará bajo la tutela de la Secretaría de Estado para la Seguridad, nace de la fusión de los hasta ahora dispersos archivos de la Guardia Civil y de la policía sobre delitos, personas desaparecidas y cadáveres sin identidad (programas Fénix y Humanitas).
Según explicó Antonio del Amo, comisario de Policía Científica y uno de los padres del proyecto, el registro unificado dará sus primeros pasos con 45.000 perfiles genéticos: 6.000 muestras indubitadas (extraídas a sospechosos por orden judicial) y 39.000 ADN dubitados, encontrados en miles de escenas de crímenes y de los que se desconoce la identidad. A ellos habrá que sumar unos centenares más de perfiles de personas desaparecidas y de cadáveres sin nombre.
A la fuerza
La principal novedad de la ley orgánica, además de la creación en sí del fichero, es que a partir de ahora la Guardia Civil y el Cuerpo Nacional de Policía podrán tomar muestras, incluso a la fuerza, de sospechosos de delitos graves sin la autorización del interesado y sin el permiso previo del juez (aunque siempre se le notificara a la autoridad judicial).
El artículo 3 de la nueva legislación abre por primera vez la puerta a la obtención sin autorización del juzgado de muestras de detenidos acusados de delitos «que afecten a la vida, la libertad, la indemnidad o la libertad sexual». Además, se incluyen los delitos contra el patrimonio «siempre que fuesen realizados con fuerza en las cosas» y la «violencia o intimidación de las personas». La ley orgánica también autoriza a extraer ADN a cualquier sospechoso de pertenecer a una banda de delincuencia organizada, sea o no de carácter terrorista.
La ley, sin embargo, fija taxativamente qué tipo de ADN podrá extraerse a los sospechosos de estos delitos graves. «Las muestras serán siempre de ADN no codificante, es decir, solamente podrán tener valor identificativo, incluido el sexo», explica el comisario Del Amo. «No podremos extraer muestras para hacer estudios o localizar enfermedades. El ADN sólo podrá servirnos para decirnos si una muestra corresponde o no a un individuo», matiza el mando policial.
«Aunque la tecnología ya lo permite sobradamente, la nueva normativa, que es muy garantista, no nos autoriza a extraer material genético de una prueba que nos diga la raza, la envergadura, el color del pelo o de los ojos del sospechoso que estuvo en ese escenario», señala el comisario de Científica, quien, no obstante, apunta que la utilización de esta información en la investigación criminal sería muy útil en algunos casos y que en varios países «ya se están planteando este debate».
Fecha de caducidad
Además, la normativa establece de forma taxativa que la información recabada de una muestra sólo podrá utilizarse para el caso policial para el que fue obtenida. El fichero, que únicamente podrá ser consultado por policías y guardias civiles autorizados, tendrá un nivel «alto» de seguridad, según el catálogo de Protección de Datos.
Los perfiles genéticos criminales (no así los de fallecidos sin identificar y los de los desaparecidos) tendrán fecha de caducidad. Las muestras de ADN se cancelarán al mismo tiempo que los antecedentes penales si hubiera habido una condena o cuando se dicte un auto de sobreseimiento o haya sentencia absolutoria. Si no hay proceso judicial, las muestras se conservarán hasta que prescriba el delito con el que estén relacionadas.