Jueces abogan por un endurecimiento de las penas en los casos de prevaricación
La asociación Francisco de Vitoria abordó ayer los problemas legales que genera el desorden urbanístico
Actualizado:La primera jornada efectiva de trabajo de la asamblea nacional de la asociación de jueces y magistrados Francisco de Vitoria tuvo como uno de sus temas de debate la ordenación del territorio y los graves problemas que ha generado el desorden urbanístico que evidencian muchos municipios del país; en especial aquellos que están ubicados en la costa.
Dos magistrados del Tribunal Supremo - José Díaz Delgado y Andrés Martínez Arrieta-y una tercera profesional con plaza en la Audiencia Provincial de Málaga -María Jesús Alarcón Barcos- expusieron distintas perspectivas de cómo se aborda esta problemática desde el Derecho. De especial relevancia fue la intervención de María Jesús Alarcón, cuya sala ha visto los distintos recursos de apelación por delitos contra la ordenación del territorio cometidos en Marbella; una ciudad que ya sirve de ejemplo de cómo la corrupción urbanística alcanza a los máximos responsables municipales.
Esta magistrada de la Audiencia de Málaga abogó, a modo de conclusión, por un endurecimiento de las penas que castigan los casos de prevaricación urbanística. El actual Código Penal tipifica que esta conducta llevará aparejadas penas de prisión que van desde los seis meses a los dos años de cárcel. Además se contempla la imposición de sanciones económicas en lugar de las privativas de libertad. Sobre ese posible castigo, María Jesús Alarcón defendió que debe eliminarse del texto legal y que sólo se apliquen las penas de prisión al tratarse de un tipo de hechos con una suficiente gravedad para que el condenado no sólo responda con una multa económica.
Es habitual que los funcionarios o autoridades que son procesados por informar de forma favorable sobre proyectos urbanísticos, a sabiendas de que contravienen la norma vigente, o conceden licencias que incumplen los planeamientos, no cuenten con antecedentes penales si se sientan por primera vez en el banquillo. Así, según las penas que reserva ahora el Código Penal, estos funcionarios eluden el cumplimiento de la sentencia en prisión por tratarse de condenas que como mucho sólo llegan a los dos años. Las excepciones son aquellos que acumulan antecedentes.
La misma magistrada también incidió en algunas dificultades con las que se topa la Justicia a la hora de calibrar las penas, debido a los cambios en el funcionamiento que se están produciendo en los distintos ayuntamientos. Así, explicó cómo en los consistorios se tiende a delegar servicios mediante cesiones a empresas privadas. Cuando se destapan irregularidades en estas concesionarias,comentó que a su juicio no se les puede aplicar el delito de prevaricación al no ser funcionarios ni autoridad.
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