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Una familia de Sanlúcar protagoniza un nuevo juicio de la 'operación Semilla'
Un matrimonio y sus dos hijos se sientan hoy en el banquillo de la Audiencia y se enfrentan a posibles penas que van desde los 16 a los cinco años de cárcel
Actualizado: GuardarUna familia de Sanlúcar será hoy la protagonista en un nuevo capítulo procesal de la operación Semilla, que sumará con el juicio previsto en la Sección Primera de la Audiencia Provincial la sexta vista oral. Un matrimonio y sus dos hijos se enfrentan a penas que oscilan entre los 16 y los cinco años de prisión; además del decomiso definitivo de un importante patrimonio que incluye una vivienda, una finca rústica, vehículos de gama alta y dos caballos, que la Fiscalía sostiene que fue adquirido con ganancias obtenidas mediante el tráfico de drogas.
El nombre del principal procesado en esta pieza del caso Semilla fue conocido por la Policía Nacional gracias al narco arrepentido J. Z., pieza clave en un macroproceso cuajado de polémica y que está teniendo pésimos resultados en los tribunales al obtener la absolución, por defectos en la investigación, la mayoría de los acusados que se han sentado ya en el banquillo.
El narco arrepentido, que fue arrestado en el arranque de la operación en el año 2000, relató a los agentes que Juan Miguel G. R. adquiría elevadas cantidades de cocaína, que posteriormente vendía en Sanlúcar y Cádiz. Con los datos aportados por este testigo protegido, junto a otros indicios recabados por los investigadores, el juez instructor López Marchena ordenó el registro del domicilio del acusado en enero de 2001.
En una vivienda de la calle Camino Viejo de Sanlúcar, los agentes hallaron utensilios para el pesaje y medición de la droga, importantes cantidades de dinero en metálico repartidas en distintas estancias de la casa -hasta 30.000 euros aparecieron en el salón- y más de un kilo y medio de cocaína -750 gramos presentaban un porcentaje de pureza del 100%-.
Tirar un paquete
Durante el registro estaba también presente la madre del principal acusado, Dolores R. U., quien según el escrito de acusación de la Fiscalía, trató de deshacerse de parte de la droga antes de ser aprehendida por la Policía.
En dicho escrito se relata cómo la acusada, aprovechando que los agentes se encontraban en el salón, se dirigió a uno de los dormitorios donde estaba escondido un paquete con 993 gramos de coca bajo un armario. Uno de los funcionarios la sorprendió cuando salía de la estancia con la sustancia en una mano.
Titulares de bienes
En esta ocasión, el proceso judicial no se ciñe sólo al tráfico de drogas que supuestamente realizaba Juan Miguel G. R., sino que también dirige acusación contra su padre y su hermano por ser los titulares de unos bienes que fueron obtenidos, según el Ministerio Fiscal, a través del dinero procedente del narcotráfico. La Fiscalía descarga de culpa al progenitor Juan G. R. y a su hijo Abraham G. R. de cualquier participación en transacciones con sustancias estupefacientes. En cambio, sí les acusa de haber consentido ser partícipes en el blanqueo de capitales.
El uso de familiares para que aparezcan como legítimos propietarios de los bienes que van atesorando los narcos es una práctica muy habitual. De esa manera pretenden escapar del fisco y no llamar su atención con la concentración de un gran patrimonio en una única persona.
En este caso, el fiscal explica que la familia sólo tenía un comercio de ropa de deporte y que salvo esta actividad no les constaba otro tipo de fuente de ingresos. Además, los coches y los inmuebles que compraron, los pagaron con grandes sumas de dinero en efectivo.
Las penas solicitadas por el fiscal van desde los 16 años para el principal acusado, diez para su madre y cinco años de prisión para el padre y el hermano de Juan Miguel G. R.
Esta causa se enmarca dentro de la polémica operación Semilla, que ha generado una telaraña procesal con más de una decena de piezas separadas y un hilo conductor: las constantes anulaciones de pruebas claves en la investigación como fueron las intervenciones telefónicas que llevaron a los agentes a identificar a muchos de los acusados.
A priori esta causa no tiene por qué tener el mismo desenlace que otros procedimientos al no estar afectada por las escuchas telefónicas. Y es que la invalidez de este material probatorio, junto a cuestiones como la competencia que tenía el juez para llevar a cabo investigaciones fuera de su jurisdicción (El Puerto), han permitido que de las 23 personas que ya se han sometido al veredicto de un tribunal, 20 de ellas han obtenido la absolución.
Ahora bien, el Tribunal Supremo, que había considerado nulas las intervenciones por carecer de motivación suficiente, en la pasada primavera variaba esta apreciación y las consideraba una medida proporcionada en una pieza contra una pareja de Jerez. El Supremo argumentaba que antes de autorizar las escuchas, se había desarrollado una labor previa de investigación y que gracias al contenido de las conversaciones interceptadas quedaba de manifiesto cómo uno de los procesados se dedicaba al narcotráfico. La condena de 18 meses impuesta por la Audiencia a este individuo, fue ratificada.
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