Jerez

Lo que dice el proyecto de ley

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l artículo 15 de la Ley de la Memoria Histórica dice textualmente: «Las administraciones públicas , en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o coletiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas». Eso sí, el texto excluye a «las menciones que sean de estricto recuerdo privado sin exaltación de los enfrentados o cuando concurran razones artísticas y arquitectónicas protegidas por la ley».