ESPAÑA

Confirmada la sentencia a Parot por reintegrarse a ETA cuando cumplía condena

El Supremo confirmó ayer la doctrina fundada el pasado 2 de febrero por la Audiencia Nacional para condenar por un nuevo delito de integración en banda armada a los terroristas que, desde la cárcel, sigan al servicio de la organización. El alto tribunal ratificó ayer «en todos sus extremos» el fallo que impuso once años de cárcel al etarra Henri Parot por considerar que «reanudó su pertenencia» a la banda al mandar, desde prisión, una carta a la cúpula en la que señalaba objetivos.

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La sentencia de la que sólo se ha hecho público el fallo tras dos horas de deliberación, desestima los recursos de la defensa de Parot, que pidió la libre absolución porque el etarra no podía ser condenado dos veces por el mismo delito; de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), que reclamaba que se le condenara por un delito de proposición para cometer atentados; y del colectivo Dignidad y Justicia (DyJ), que pedía un fallo contra Parot para que se le condenara por conspiración para cometer estragos terroristas.