El Supremo condena a nueve años de prisión a un ex guardia civil por tráfico de drogas
Actualizado:La sala segunda de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a nueve años de prisión al ex guardia civil F.J.P.R. y a P.J.M.D. por el denominado 'caso Perles' contra el tráfico de drogas tras ser sorprendidos en el año 2000 con un kilo de cocaína en el puerto de Algeciras y pese al recurso de casación presentado por ambos a la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz del 17 de mayo de 2006 que los condenaba a diez años de prisión y a abonar una multa de 120.000 euros por un delito contra la salud pública.
Según la sentencia del Supremo, el recurso de casación alude a una infracción de precepto constitucional, de Ley y quebrantamiento de forma, relativa a una supuesta indefensión de los detenidos, a las intervenciones telefónicas en el transcurso de la investigación y al registro del vehículo de F.J.P.R., en el que se encontró oculto el kilo de cocaína.
UDYCO de Marbella
Los hechos se remontan a una serie de investigaciones iniciadas y seguidas por la UDYCO de Marbella, que tuvo conocimiento de la existencia de una red dedicada al tráfico de drogas, estando al frente de la misma el ex guardia civil F.J.P.R., ya conocido en estos ámbitos. Así, se intervinieron varios teléfonos móviles deduciéndose, de las conversaciones objeto de las escuchas y vigilancia, la participación de ambos procesados en dichas actividades ilícitas.
Concretamente, a través de las citadas escuchas, se supo que los procesados habían organizado una cita en el puerto algecireño, donde F.J.P.R. acudió con su vehículo desde Marbella y su socio llegaría en un barco procedente de Ceuta para posteriormente trasladarse ambos a la ciudad autónoma con la droga que había en el automóvil, un kilo de cocaína con una pureza del 86,80 por ciento que en el mercado hubiera alcanzado un valor de cerca de 35.000 euros.
Así, una vez detenidos, el Juzgado de Instrucción número dos de Algeciras instruyó el sumario, que fue elevado a la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Algeciras que el 17 de mayo de 2006 sentenció a cada uno a diez años de prisión y una multa de 120.000 euros, de forma que F.J.P.R. ingresó provisionalmente en la cárcel desde el 10 de octubre de 2000 -cuando fue arrestado- y hasta enero de 2003.
No obstante, la representación legal de los acusados presentó ante la sala segunda de lo Penal un recurso de casación, pese a lo cual, el Alto Tribunal condena a ambos autores de un delito contra la salud pública "sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal" a la pena de nueve años de prisión.