Un juez da la razón a tres docentes dependientes del Ayuntamiento de San Fernando que piden ser fijos
Actualizado: GuardarEl juzgado de lo Social número uno de Cádiz ha reconocido el derecho de tres profesores de la Escuela Municipal de Danza dependiente del Ayuntamiento gaditano de San Fernando a ostentar la condición de fijos-discontinuos "con los límites de que la plaza sea definitivamente cubierta reglamentariamente", según el fallo de la sentencia, que no es firme.
Los tres profesores presentaron una demanda el pasado julio para que se declarara su condición de trabajadores fijos-discontinuos con contrato de duración indefinida a tiempo parcial coincidente con el curso escolar en el que presten sus servicios.
En concreto, una profesora de piano ejercía su labor desde el curso 98-99 -desde finales de septiembre principios de octubre a junio- pero no ha sido contratada hasta este curso, por un decreto de Alcaldía de 30 de diciembre de 2005, para el periodo del 1 de enero al 30 de junio de este año y por obra y servicio.
Los otros dos demandantes son dos profesores de danza de la escuela, uno desde el curso 90-91 y la otra desde noviembre de 1995. Todos ellos, según consta en la sentencia, estaban contratados de forma temporal, a tiempo parcial por obra y servicio. La "única excepción" se produjo el 1 de septiembre de 2005 cuando se contrata a los demandantes bajo la modalidad de eventuales por circunstancia de producción.
Así, la jueza de los Social considera que los demandantes son llamados "de forma sucesiva" para las temporadas escolares, por lo que "es procedente reconocer el derecho que se reclama de reconocimiento de la condición de fijos-discontinuos". No obstante, recuerda que, al tratarse de una Administración pública -en este caso el Ayuntamiento isleño, gobernado por el PA-, "están sometidos en lo que al acceso a los puestos fijos de ésta se refiera".
En este sentido, al tratarse de la condición de fijos-discontinuos hay que acudir a su "correspondiente procedimiento reglamentario", es decir de selección para el acceso a las plazas "sobre los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad".