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El TSJPV continúa con la causa contra Ibarretxe por reunirse con Batasuna
La querella fue presentada por el Foro Ermua contra el lehendakari y los miembros de Batasuna Otegi, Barrena y Petrikorena
Actualizado: GuardarEl Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha denegado archivar la causa que se sigue contra el lehendakari, Juan José Ibarretxe, por reunirse el pasado mes de abril con los dirigentes de Batasuna Arnaldo Otegi, Pernando Barrena y Juan José Petrikorena, y continuará la instrucción del proceso.
El TSJPV ha hecho pública hoy una resolución fechada el pasado 28 de diciembre en la que el magistrado instructor de esta causa, Roberto Saiz, resuelve denegar el libre sobreseimiento y archivo de la causa como había solicitado la representación del lehendakari tras la decisión del Tribunal Supremo de archivar la causa contra el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, por la reunión del PSE-EE con Batasuna.
La asociación Foro Ermua se querelló contra Ibarretxe por la reunión que mantuvo en abril con representantes de Batasuna y los letrados del lehendakari solicitaron que se archivara el caso después de que en noviembre el Tribunal Supremo resolviera archivar una querella del sindicato de funcionarios Manos Limpias contra Zapatero, miembros de su Gobierno y del PSE-EE, presentada también tras la reunión de Patxi López y Rodolfo Ares con dirigentes de la izquierda abertzale.
"Sustanciales diferencias"
La resolución del TSJPV asegura que existen "sustanciales diferencias" entre la causa mencionada y la que decidió archivar el Supremo, puesto que "los delitos imputados son diferentes", y si bien a Ibarretxe se le imputa como cooperador necesario para la comisión del delito de desobediencia cuyos autores fueron Otegi, Barrena y Petrikorena, al presidente Zapatero y a su Gobierno se les acusaba de los delitos de prevaricación, quebrantamiento de medida cautelar y desobediencia.
El TSJPV aclara que "la decisión que haya, de adoptarse la presente causa, no puede venir condicionada por la que asume el auto del Tribunal Supremo" por las diferencias materiales en ambos casos.
Causa penal en la fase de instrucción
El juez instructor añade que mantener "la presente causa penal, en la fase incipiente de instrucción", no constituye una lesión a ningún derecho fundamental del lehendakari, "sino, al contrario, el cumplimiento estricto de las garantías procesales que la Ley de Enjuiciamiento Criminal" establece los preserva y posibilita que se disipe toda duda razonable sobre la posible existencia del hecho delictivo.
Roberto Saiz concluye que la aplicación de la Ley "en ningún caso comporta un obstáculo a la consecución de la paz cuando ésta se persigue a través de los cauces que la Constitución y el ordenamiento jurídico contemplan" y, "menos aún, supone la criminalización del diálogo entre fuerzas políticas que desarrollan su actividad democrática en la legalidad".