Nuevas dudas sobre la sucesión
Si naciera un segundo hijo varón de los príncipes antes de la reforma constitucional, Leonor pasaría a ocupar el segundo lugar sucesorio
Actualizado: GuardarEl Jefe del departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid, Jorge de Esteban, aseguraba hace algún tiempo que en el momento en que los príncipes tuvieran un segundo hijo que fuera varón, la reforma de la Constitución para posibilitar el reinado de Leonor sería muy complicada, porque se perjudicarían los derechos de ese niño.
En su opinión, se tenía que haber aprovechado el fin de la legislatura anterior, la de José María Aznar, para cambiar el articulo 57 de la Constitución, por el que el hombre tiene preferencia sobre la mujer para heredar el trono de España.
De momento, Leonor es la segunda en la línea sucesoria, después de su padre, don Felipe. Si naciera un segundo hijo varón de los príncipes antes de que este artículo sea reformado, pasaría a ocupar ese segundo lugar sucesorio.
En su programa electoral, el hoy presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, propuso cuatro reformas constitucionales, entre ellas la sucesoria. Este cambio reviste una cierta complejidad, porque afecta a la parte especialmente protegida de la Constitución.
Ello obliga a aplicar el procedimiento reforzado de reforma (artículo 168), que implica su aprobación con una mayoría de dos tercios de las cámaras, convocar a elecciones, volver a aprobar el texto por la misma mayoría en las nuevas cámaras, y ratificarlo en referéndum. Lo cual exigiría el acuerdo necesario de PSOE y PP en la primera votación y con toda probabilidad también en las nuevas Cortes.
Fuentes próximas a la Casa del Rey ha dicho esta tarde que los hijos de los Príncipes de Asturias tienen el mismo tratamiento y consideración desde un punto de vista legal, por lo que es innecesario establecer un orden de sucesión hasta que Don Felipe se convierta en Rey.
Texto de la posible reforma
El texto de la reforma que propone el Consejo de Estado es el siguiente: "La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S.M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica".
Añade que "La sucesión en el trono corresponde a su hijo, el Príncipe heredero Don Felipe de Borbón, y después seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto, y en el mismo grado, la persona de más edad a la de menos".
En ese texto se suprime la frase "en el mismo grado, el varón a la mujer", que es el objeto central de la reforma, y se hace mención expresa al Príncipe Heredero, aludiendo a su actual posición institucional, para añadir que cuando la reforma tenga lugar lo será para proveer la sucesión de éste.
Después de indicar que hasta que se produzca el cambio de la Constitución sigue vigente el artículo 57,1 el Consejo de Estado añade que "hasta que se produzca esta segunda sucesión al trono (la del actual Príncipe de Asturias) la reforma que ahora se contempla no tendrá aplicación alguna".
"Entonces, los eventualmente llamados a la sucesión de la Corona quedarán ordenados al margen ya de la actual preferencia de los varones y sin que puedan alegar derechos frente al nuevo orden constitucionalmente establecido", puntualiza el informe.
Igualdad ante la ley de hombre y mujeres
En el mismo informe del Consejo de Estado se dice que la "igualdad ante la ley de hombre y mujeres es un principio universalmente reconocido", lo que considera base suficiente para eliminar del artículo 57,1 de la Constitución la preferencia del varón, "sin que sea preciso invocar otros argumentos".
El mencionado escrito se refiere igualmente a la aplicación de las reformas a las personas nacidas con anterioridad a la entrada en vigor de la prevista reforma y a su entrada en vigor.
Para ello repasa lo sucedido en otras monarquía europeas (Noruega, Bélgica y Suecia), que cambiaron no hace mucho sus leyes para evitar esa discriminación.
Su conclusión es que el Derecho comparado ha establecido que la aplicación de la reforma a los príncipes herederos vivos no entraña retroactividad alguna, pero que para evitar cualquier problema es necesario introducir un precepto que así lo disponga.
La preferencia por el varón en la Monarquía española responde, según el Consejo de Estado, a una tradición histórica que "comporta la pervivencia cierta de una discriminación de la mujer" que hoy, mas de 25 después de la aplicación de la Constitución , la "conciencia colectiva" considera inaceptable.
Su supresión, añade el Consejo de Estado, responde "al sentir muy ampliamente mayoritario del pueblo español y nos situaría en la senda de otras monarquías europeas".