En la fotografía de archivo, tomada el 12 de julio de 2005, "Farruquito" llega a los juzgados sevillanos para asistir a la quinta jornada del juicio. /EFE
por atropellar a un peatón

La Audiencia de Sevilla eleva de 16 meses a tres años de prisión la condena a Farruquito

La defensa del artista ha declarado que en principio no presentará recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional

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La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a tres años de prisión al bailaor Juan Manuel Fernández Montoya ' Farruquito ' por el atropello mortal del peatón Benjamín Olalla el 30 de septiembre de 2003, con lo que podría entrar en la cárcel.

El fallo le condena a dos años de cárcel por homicidio imprudente en concurso con un delito contra la seguridad del tráfico, así como a la privación del permiso de conducir vehículos de motor y ciclomotores durante tres años y medio. Como indemnización impone 102.483,55 euros para la viuda de la víctima, María ngeles Madero, y 8.275,30 para cada uno de los padres del fallecido.

También se le condena a un año de prisión por un delito de omisión del deber de socorro más multa de 12 meses con una cuota diaria de 100 euros. Además, se considera al artista autor por inducción de un delito de simulación de delito, por lo que se le impuso una pena de multa también de 12 meses con la misma cuota.

La Audiencia revocó así en parte la sentencia dictada el 29 de julio de 2005 por el Juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla por la que se condenó al bailaor a 16 meses de prisión por ambos delitos. También ha sido condenado por la Audiencia Oscar Alberto Benavente, amigo de Farruquito al que éste último le contó lo sucedido, a un año de prisión por encubrimiento, mientras que el resto de acusados ha quedado absuelto. En la sentencia se ratifica la absolución de Farruquito respecto del delito de denuncia falsa, así como la del otro condenado en cuanto la simulación de delito de la que venía siendo acusado.

Escuchas telefónicas

En cuanto a las escuchas telefónicas realizadas durante la investigación, que fueron declaradas nulas por el Juzgado pero que el fiscal y la acusación particular pidieron ante la Audiencia su admisión, la Sección Séptima desestimó tales apelaciones y confirmó la sentencia impugnada.

La sala consideró probado que el artista condujo el turismo con el que atropelló a Olalla careciendo del pertinente permiso, "con escasos conocimientos sobre la conducción de automóviles, habiéndolo pilotado en muy pocas ocasiones y sabiendo que carecía de seguro obligatorio", indicando además que lo hizo "estando cansado para comprobar sus prestaciones por diversas vías públicas de Sevilla".

También, que 'Farruquito' "prosiguió inmediatamente después --de atropellar a la víctima-- su marcha, disminuyendo en un primer momento la velocidad y, tras comprobar girando la cabeza o mirando por los retrovisores que había varias personas junto a Benjamín Olalla, aceleró de nuevo y se fugó sin intentar prestarle auxilio".

La defensa no presentará recurso de amparo

La defensa de 'Farruquito' ha declarado que en principio no presentará recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y "de momento vamos a dejar firme la sentencia" de la Sección Séptima de la Audiencia.

El abogado de ' Farruquito ', Benito Saldaña, ha explicado que contra la sentencia "no cabe más que un recurso extraordinario de amparo ante el Constitucional", recurso que "ahora mismo no lo veo posible porque éste sólo es para cuando se ha infringido algún precepto constitucional y ahora mismo no lo veo". Con todo, el letrado ha subrayado que está pendiente de analizar con todo detalle la sentencia.

Por su parte, esta mañana el letrado que ejerce la acusación particular en el caso, José Manuel Rosendo, se ha mostrado satisfecho nada más conocer el fallo de la sentencia dictada por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla.

Lo primero que ha hecho Rosendo al tener consigo el dictamen judicial fue telefonear a la viuda de la víctima, María Ángeles Madero, de quien ha afirmado que "también está satisfecha. Su frase textual ha sido 'Algo es algo'. Nunca podrá estar contenta. Nuestro objetivo era que lo condenaran y lo han hecho. Podría haber sido más, pero en principio, viendo el fallo, estoy satisfecho".