La Audiencia cierra con penas mínimas el caso que más ha tardado en juzgarse
El que fuera jefe de la Policía Local de Sanlúcar en 1998 es condenado porque se negó a someterse a la prueba de alcoholemia tras provocar un accidente
Actualizado: GuardarQue la justicia es lenta es una afirmación irrebatible cuando se aborda el caso que más ha tardado en juzgarse en la provincia de Cádiz. Transcurrieron 16 años y medio hasta que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial abría el pasado 11 de marzo la primera sesión del juicio contra un jefe de la Policía Local de Sanlúcar y un suboficial de esa misma jefatura, implicados en el supuesto encubrimiento de las causas de un accidente leve ocurrido nada más y nada menos que en 1998.
A pesar de los años que han pasado hasta que el caso que ostenta el récord provincial en retrasos ha sido finalmente juzgado, el tribunal encargado de dirimir sobre ello ha invertido menos de un mes en dictar sentencia, la cual se notificaba hace unos días a las partes.
Las dilaciones que ha sufrido este proceso "carente de complejidad", como señala en su sentencia el tribunal de la Audiencia, ha provocado que el asunto finalmente se resuelva con penas testimoniales.
Hace 16 años
Los hechos se sitúan en la noche del 4 de septiembre de 1998. La Audiencia considera probado que el entonces jefe de la Policía Local de Sanlúcar colisionó por detrás contra un vehículo ocupado por una familia. No se percató que el coche de las víctimas estaba detenido por un semáforo en rojo. El impacto produjo lesiones leves en la copiloto, consistentes en un esguince cervical y un esguince lumbar.
Cuando la mujer estaba siendo tratada en el hospital, relata la sentencia, ésta pidió a los agentes que le acompañaban que le practicaran la prueba de alcoholemia al causante del accidente, al que había reconocido como jefe de Policía. Tanto ella como el marido sostenían que le habían visto síntomas de embriaguez como presencia y postura aplomada.
En el juicio, varios de los agentes que participaron en la elaboración del atestado declararon haber notado también la ingesta de alcohol en su superior. Uno de esos testigos fue quien avisó al suboficial, también procesado, cuando su jefe se negó a acudir a dependencias policiales para someterse a la prueba.
El tribunal afirma que este suboficial tuvo una voluntad clara "de torcer el derecho". A pesar de estar de vacaciones, acudió de madrugada a la jefatura, interrumpió la declaración del marido de la víctima, lo sacó de la sala y le insistió para que retirara su pretensión y cualquier mención a una posible influencia del alcohol como causa del accidente. Finalmente, éste aceptó y ese elemento fue eliminado del atestado final.
La Sección Tercera condena al que fuera jefe de la Policía Local de Sanlúcar, hoy en día funcionario del Cuerpo Nacional de Policía y mando de la Comisaría Provincial, al pago de 90 euros por una falta de lesiones por imprudencia y a una segunda multa de 540 euros por negarse a someterse a la prueba de alcoholemia. Lo absuelve, además, del delito contra la seguridad del tráfico porque no puede probarse 16 años y medio después que circulaba bajos los efectos del alcohol.
Por las lesiones causadas a la víctima, deberá abonarle a ésta en concepto de indemnización 14.885 euros más los intereses devengados desde que ocurrieron los hechos.
Con respecto al suboficial, el tribunal lo ha condenado a 45 días de inhabilitación especial por un delito de omisión del deber de perseguir delitos.
Estas penas son aún más bajas de las que ya solicitó el Ministerio Fiscal: nueve meses de cárcel para el causante del accidente y año y medio para su subordinado. Una calificación de los hechos que también defendió en la vista oral la acusación particular.
La sentencia de la Audiencia Provincial podría ser el punto y final de un caso que ha estado afectado por vicisitudes de todo tipo. Pero probablemente sea solo un punto y seguido porque la defensa del que fuera jefe de Policía, ejercida por el letrado Manuel Montaño, ha confirmado a LA VOZ que hay intención de recurrir el fallo ante el Tribunal Supremo. Consideran que algunos testigos, que afirmaron en el juicio haber visto síntomas de ingesta de alcohol en el mando policial, cambiaron su declaración con respecto a anteriores momentos del proceso.
De récord
Este procedimiento sufrió el primer contratiempo al poco de incoarse diligencias en el juzgado de Instrucción de Sanlúcar. Un incendio destruyó gran parte del edificio judicial en 1999.
Catorce años después, el asunto llegaba, por fin, a la fase del juicio, celebrándose la vista oral en el juzgado de lo Penal nº 2. El juez dictaba una sentencia absolutoria por falta de pruebas. Pero la vista oral había arrancando sin la presencia del fiscal. Una irregularidad que recurrió el Ministerio Público y que motivó la anulación del juicio por orden de la Audiencia Provincial.
Cuando el asunto fue devuelto a los juzgados de lo Penal de Cádiz para que se repitieran la vista oral, el procedimiento recayó en el nº 1. Su titular concluía que los delitos en curso eran competencia de la Audiencia, con lo que la causa volvía a ser enviada al órgano provincial que finalmente señalaba el juicio para el pasado 11 de marzo.
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