Trabajadores del sindicato afectados por el ERE y el ERTE en una concentración celebrada en Cádiz
Trabajadores del sindicato afectados por el ERE y el ERTE en una concentración celebrada en Cádiz - antonio vázquez
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UGT-A deberá pagar 700.000 euros por aplicar un ERTE ilegal

El Supremo obliga a devolver los sueldos que no abonó a 57 trabajadores por no actuar de buena fe

la voz
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La sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que declaró nulo el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) de UGT-A, que afecta a 57 trabajadores.

La sentencia desestima el recurso de casación presentado por el propio sindicato contra el fallo del 7 de noviembre de 2013 dictada por la Sala de lo Social del TSJA. No establece costas.

De esta forma, el Alto Tribunal español confirma la sentencia del Alto Tribunal andaluz. La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dictó sentencia declarando nulo el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) de UGT-A, que afecta a 57 trabajadores, y que ordena «la inmediata reanudación del contrato de trabajo», además de «condenar al sindicato al pago de los salarios dejados de percibir por los trabajadores afectados o al abono de la diferencia respecto del importe de la prestación por desempleo percibida durante el período de suspensión».

El Tribunal Supremo argumenta la nulidad de la suspensión de los contratos de trabajo por «incumplimiento del deber de buena fe en el período de consultas», toda vez que apunta que «pese a haberse facilitado la documentación exigible, la misma resulta poco fidedigna».

«Una cosa es que los documentos aportados sean los que se exige reglamentariamente para la tramitación de la suspensión de contratos de trabajo, y otra distinta es que, pese a ello, tales documentos no contengan información completa y plenamente fiable sobre los datos imprescindibles para la negociación», agrega el Supremo en su sentencia, donde considera que la empresa «infringió su deber de actuar de buena fe».

Asimismo, alude a una serie de «dudas» sobre la «fiabilidad» de la documentación aportada y agrega que «está en juego la garantía de la información ofrecida a la parte social en el período de consultas».

El pasado mes de diciembre el Tribunal Supremo abordó el recurso presentado por el sindicato UGT-A contra la sentencia del TSJA por el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) presentado por el sindicato, que afectaba a 57 personas.

Este ERTE afectaba a 57 trabajadores en Andalucía, seis pertenecen al centro de UGT-A, esto es, la sede regional, y el resto, la mayoría, proceden de las provincias.

Un precedente para el otro juicio

Fuentes de la sección sindical han valorado que el Supremo «ha dado la razón a los trabajadores tanto en el ERTE como en el ERE, donde tienen que repetir el juicio porque no admitieron pruebas que se habían solicitado, pero el Supremo decía que esas pruebas sí tenían validez».

Las fuentes han explicado a Europa Press que en el caso del ERTE: «han admitido lo que siempre hemos planteado, que la dirección del sindicato había actuado de mala fe en el ERTE, al igual que en el ERE; y además la documentación no era fiable».

«Estamos contentos de que al final nos han dado la razón en los dos expedientes, en el ERTE y en el ERE; los trabajadores siempre hemos negociado de buena fe, pero la que nunca negoció de buena fue la empresa», han añadido las fuentes, quienes precisan que en el ERTE «UGT-A tendrá que pagar el tiempo que los afectados han estado en desempleo, algo que ciframos en unos 700.000 euros».

Asimismo, han apuntado que «en el caso de que el nuevo juicio que se celebre sobre el ERE sea ganado también por los trabajadores, eso puede ser la ruina de UGT-A», tras lo que la sección sindical se ha mostrado «decidida a negociar con la dirección del sindicato, pero con las cartas sobre la mesa».

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