Tribunales

Condena firme a la Junta en su batalla con Clínicas Pascual por el pago de los conciertos con tres hospitales

El TSJA declara firme una sentencia donde anulaba la prórroga irregular de la Consejería de Salud con el grupo Pascual

Hospital Blanca Paloma, de Pascual, en Huelva ABC

Antonio R. Vega

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía da la razón al grupo sanitario de José Manuel Pascual Pascual S.A . y declara nula la prórroga unilateral de un contrato que mantenía con esta sociedad para el concierto de tres hospitales.

La Junta de Andalucía había recurrido en casación dicha resolución al Tribunal Supremo con escasa fortuna. En un edicto del 20 de marzo pasado, publicado este miércoles en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, la Sala Contencioso-Administrativa del TSJA confirma que el auto dictado el 10 de diciembre de 2018 ha alcanzado «el carácter de firme» . Dicha resolución servirá de base a Pascual en la reclamación de cantidades a la Administración dentro de los distintos frentes judiciales que tiene abiertos.

El TSJA, en una sentencia confirmada por el Supremo, tumbó una disposición irregular de la Consejería de Salud por la que prorrogaba con efecto retroactivo , mediante una orden del 27 de mayo de 2018, el contrato suscrito por la Consejería de Salud para la prestación de asistencia objeto la prestación de la asistencia sanitaria concertada en tres hospitales de los que es Pascual es titular: los Hospitales San Rafael de Cádiz, Hospital Blanca Paloma de Huelva y del Hospital FAC Dr. Pascual de Málaga. Dicha prórroga es declarada nula.

El Tribunal Supremo ya rechazó el recurso de casación interpuesto por la Administración autonómica contra una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) el 8 de septiembre de 2015 que anulaba «por no ser ajustada a Derecho» la citada prórroga que realizó la antigua Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales relacionada con el concierto de tres hospitales de Pascual.

La sentencia supone un revés más a la Junta en el contencioso que mantiene la Junta de Andalucía con Clínicas Pascual desde que en el 31 de enero de 2014 finalizó el concierto por el que los citados hospitales prestaban servicios y lo prorrogó durante los meses de febrero y marzo . Con el contrato del concierto ya extinguido, la sociedad concesionaria cuantificó los servicios que prestó en sus centros a la sanidad pública con el que la Junta de Andalucía no estaba de acuerdo, lo que derivó en una batalla judicial que ya se ha saldado con varios fallos en contra de los intereses autonómicos.

En un auto del 10 de diciembre pasado, el TSJA dio por enterrada la vía judicial en este terreno para la Junta de Andalucía al declarar la nulidad del segundo párrafo de una orden de la citada Consejería por el que consideraba que el contrato se prorrogaba por un año y no por dos meses, como se previó en la resolución administrativa impugnada.

La prórroga anual de contrato quedaba cuantificada en 34,77 millones de euros a razón de 2,89 millones de euros mensuales. La Junta se opuso a la nulidad de dicho párrafo, pero el TSJA le ha dado la razón a la sociedad de Pascual.

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