Coronavirus Andalucía
Las tres formas para entrar en hospitales o residencias en Andalucía hasta el 15 de enero
El TSJA autoriza el pasaporte Covid obligatorio para mayores de 12 años en el acceso a esos centros y la posibilidad de prorrogar la medida si fuera necesario
Cómo descargar el pasaporte o certificado Covid en Andalucía en solo cinco minutos y con el móvil
Desde este martes y hasta el próximo 15 de enero toda persona mayor de 12 años que quiera entrar en un centro sanitario o una residencia de mayores en Andalucía tendrá que acreditar que no supone un riesgo de contagio del coronavirus. El Tribunal Superior de Justica de Andalucía, a petición del Gobierno autonómico, ha autorizado el pasaporte Covid para las visitas a esos centros y considera coherente que esta restricción o limitación puntual de derechos fundamentales pueda ser prorrogada «en caso de que concurran los requisitos que justifiquen su mantenimiento en el tiempo».
El certificado Covid o una prueba diagnóstica será obligatorio para las personas mayores de 12 años, visitantes y acompañantes de pacientes hospitalizados o residentes en tales centros. Se excluye su aplicación respecto del acceso de las personas acompañantes de pacientes en el ámbito de las consultas hospitalarias o el servicio de urgencias igualmente hospitalarias.
Para la entrada a esos centros sanitarios, sociosanitarios y residencias se articula una triple vía para acreditar el menor riesgo de transmisión por parte del visitante o acompañante.
1) Acreditar la pauta completa de vacunación mediante el certificado oficial de Covid . Para facilitar a los usuarios de centros sanitarios y residencias la entrada, la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía amplía las prestaciones de la aplicación Salud Andalucía incluyendo un lector de códigos QR a través del cual es posible verificar la validez del certificado Covid de la Unión Europea. El lector comprueba que el QR que se lee es correcto, es decir, que existe en el repositorio de certificados y revisa los datos para comprobar su autenticidad y caducidad, ha dicho en una nota la Consejería.
2 ) Haberse recuperado de una infección de coronavirus en los últimos 6 meses , para lo cual debe haber sido diagnosticado como caso Covid 19 hace 11 días o más, mediante una prueba PCR, y no es válido otro tipo de test.
3) La presentación de una prueba diagnóstica negativa realizada en las últimas 72 horas , en el caso de las PCR, y 48 horas, en el caso de los test de antígenos. En el caso de los test rápidos de antígenos, deberán estar enumerados en la lista común y actualizada de test rápidos de antígenos de la COVID-19 establecida sobre la base de la Recomendación 2021/C 24/01, del Consejo de Europa.
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