CASO ERE ANDALUCIA
Susana Díaz no declarará como testigo en el juicio del caso ERE, lo hará el vicepresidente de la Junta de Andalucía
Los magistrados que juzgan a Chaves y Griñán creen que su testimonio, solicitado por el PP, no es relevante ni está justificado
La presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz, no tendrá que acudir al juicio de la pieza política de los ERE. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, que juzga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, ha rechazado la petición realizada por la acusación popular que ejerce el PP-A para que la mandataria andaluza declare como testigo en el juicio.
En un auto dictado el día 22 de enero, la Sección Primera se pronuncia sobre las nuevas pruebas propuestas en las sesiones del juicio oral celebradas los días 9 y 10 de enero por la Fiscalía Anticorrupción , las acusaciones y las defensas, y considera «pertinentes» las pruebas propuestas con una serie de «excepciones».
En cambio, el tribunal sí ha admitido otras pruebas solicitadas por el PP, acusación popular en el caso ERE, que habían rechazado varias defensas. Así considera pertinente, como solicitó esta acusación, el testimonio del actual vicepresidente de la Junta, Manuel Jiménez Barrios , por la ayuda que recibió el Ayuntamiento de Chiclana (Cádiz) bajo su alcaldía, y de la exsenadora y exconsejera de Presidencia Mar Moreno.
También testificará Mar Moreno, nueva consejera del Consultivo de Andalucía
Moreno, que el pasado martes tomó posesión como nuevo miembro del Consejo Consultivo de Andalucía con dedicación plena, llegó a estar investigada si bien el Supremo -ante el que declaró al ser aforada como senadora- archivó la causa contra ella. El tribunal ha admitido todas las pruebas solicitadas por el PP salvo la declaración de Susana Díaz.
En el caso de Susana Díaz, el tribuna señala que «no procede admitir la testifical» de Susana Díaz « al no justificarse mínimamente la relevancia que pueda tener dicha testifical en relación con los hechos a enjuiciar en la presente causa», señalando que «el argumento esgrimido en relación a las manifestaciones públicas realizadas por ésta sobre los hechos aquí enjuiciados no la convierte en testigo relevante de los mismos».
Entre dichas «excepciones», además, el tribunal alude a las pruebas solicitadas por el Ministerio Fiscal, « para el caso de que el tribunal entendiera que en el seno de este procedimiento procede enjuiciar también todas y cada una de las ayudas individuales», todo ello «sin perjuicio de que al tiempo de resolverse esta cuestión previa se acordará, en su caso, lo procedente».
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