Restricciones coronavirus
¿Cuántas personas se pueden reunir en Andalucía durante la Semana Santa?
La norma cambió el pasado viernes en lo que se refiere a los lugares privados
La duda sigue estando presente . Muchos ciudadanos siguen preguntándose cuántas personas se pueden reunir en Andalucía durante la Semana Santa . Y, aunque la norma es clara , es cierto que puede entenderse cierta confusión debido a que la Junta anunció las medidas para el periodo que iba entre el 19 de marzo y el 9 de abril, mientras que el Gobierno de Pedro Sánchez las fijó a partir del 26 de marzo.
De este modo, lo primero que hay que destacar es que no ha habido cambios en Andalucía en cuanto a lo que se refiere a las reuniones en lugares públicos . El presidente de la Junta, Juanma Moreno, anunció el pasado 17 de marzo que desde el día 19 del mismo mes al 9 de abril en la comunidad podrían juntarse hasta seis personas en espacios exteriores , ya fuera en calles, parques o mesas de las terrazas de los bares. Y que dentro de los restaurantes el tope estaría en los cuatro individuos.
El Ministerio de Sanidad ya había anunciado días antes las mismas restricciones para dos periodos de tiempo : el puente de San José (en aquellos lugares en los que el día 19 de marzo fuera festivo) y la Semana Santa (del 26 de marzo al 9 de abril).
Pero desde el 26 de marzo sí hay cambios en Andalucía para las reuniones privadas . El BOE del pasado 12 de marzo hacía referencia a este tipo de contactos entre personas, dejando claro que, durante este periodo de tiempo, debían limitarse sólo a convivientes: «Limitación de la permanencia de grupos de personas en los espacios públicos o privados. Se limitará la permanencia de grupos de personas a un máximo de cuatro en espacios públicos cerrados y seis en espacios públicos abiertos, salvo que se trate de convivientes. En espacios privados las reuniones se limitarán a convivientes . Aquellas comunidades y ciudades autónomas que se rijan por medidas más restrictivas que las contempladas en el apartado primero.1 de este acuerdo, serán quienes decidan la conveniencia o no de flexibilizarlas, teniendo en cuenta que ello supondría una modificación de los hábitos establecidos hasta ahora y que están siendo cumplidos por la ciudadanía».
De este modo, Andalucía se tiene que acoger a la medida del BOE , el cual está por encima de lo que cada comunidad publique en sus respectivos boletines oficiales, como ocurre con el BOJA en la andaluza. En otras palabras, las restricciones nacionales prevalecen sobre las autonómicas. Así, desde el pasado 26 de marzo en Andalucía sólo se puede reunir convivientes en casas y domicilios , una norma que ha despertado un gran rechazo entre los ciudadanos pero que es de obligado cumplimiento hasta el próximo 9 de abril.
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