TRIBUNALES
El Poder Judicial archiva la denuncia contra la juez Núñez Bolaños y niega su «pasividad» en el caso ERE
Justifica los retrasos por el número de atestados policiales recibidos, la carga de trabajo y la complejidad de la macrocausa
El Promotor de la Acción Disciplinaria, Ricardo Conde, archiva las diligencias informativas abiertas a la juez instructora del caso ERE, María Núñez Bolaños , al no apreciar en su actuación la comisión de ninguna de las faltas disciplinarias, graves y muy graves denunciadas por el jefe de la Fiscalía Anticorrupción en la tramitación de este caso de corrupción. El encargado de las pesquisas ni siquiera ha acordado la apertura de un expediente disciplinario por las infracciones advertidas por el Ministerio Público, que alertó de su «inactividad» investigadora, y «trabas» para avanzar en los casos ERE, Avales e IDEA, a los que no se refiere en el resumen difundido por el TSJA.
En la resolución, que ya ha sido notificada tanto a la interesada, que lleva casi once meses de baja laboral, como al Ministerio Fiscal, el promotor del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) niega que en la actuación de la magistrada existiera «la pasividad intencional» o el «descuido injustificable» que la denuncia le atribuye.
El promotor justifica las «demoras» que se produjeron en esta causa entre la última parte de 2016 y parte de 2017, que no fueron denunciadas entonces, en que en ese momento «recibió un mayor número de informes policiales» que dieron pie a la apertura de más de 200 piezas separadas en el caso ere«de gran complejidad».
El informe realizado por el Servicio de Inspección del CGPJ, que ya justificaba las demoras detectadas, ha sido clave en el archivo del promotor, quien considera que «el control de la magistrada sobre procedimientos ordinarios y macrocausas ha sido eficaz y exhaustivo y que la instrucción se ha llevado a cabo de forma correcta, ágil y ordenada, con control de agendas».
El promotor alude a la jurisprudencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que señala que para atribuir a un juez o magistrado ilícitos disciplinarios derivados de incumplimientos temporales debe resultar inequívocamente demostrado que el retraso o la simple inobservancia temporal se deba a la pasividad intencional o al descuido del juez o magistrado . En este caso, según recoge el informe del Servicio de Inspección del CGPJ, una vez que se puso en marcha, «la instrucción de todas las piezas se desarrolló con buen ritmo y transcurrió con normalidad, dándose respuesta a las peticiones de las partes y tramitándose los recursos en tiempos razonables». Por tanto, «no cabe inferir la pasividad intencional o el descuido injustificable que la denuncia atribuye a la magistrada», según el resumen del acuerdo difundido por el TSJA.
En la denuncia, que vino avalada por un detallado informe de los seis fiscales Anticorrupción de Sevilla , se constata «la profunda discrepancia del Ministerio Fiscal con numerosas decisiones de la juez instructora. Esas cuestiones quedan fuera del ámbito de actuación del órgano de gobierno de los jueces, que no puede analizar el acierto del criterio judicial plasmado en los pronunciamientos dictados», asegura el extracto del acuerdo de archivo.
Según la jurisprudencia del Supremo a la que alude, tales resoluciones solo serán fuente de ilícitos disciplinarios si con ellas se incurre en alguna de las conductas tipificadas como infracción de tal naturaleza, pero no cuando una concreta resolución judicial haya realizado una interpretación o aplicación jurídica desacertada a juicio del interesado.
Complejidad de la actividad instructora
Para justificar el archivo, el promotor alude a que la «complejidad de la actividad instructora» desplegada ha podido estar en la base de la demora denunciada. En este sentido, tiene en cuenta el gran número de incidentes procesales que se han producido, con impugnaciones formuladas tanto por defensas como por acusaciones, que exigían una respuesta justificada de la instructora, cuyas decisiones por lo general, algunas de ellas confirmadas por la Audiencia Provincial de Sevilla y otras revocadas, como el archivo del caso Avales, que el tribunal obligó a reabrir.
El detonante de la denuncia fue un informe pormenorizado con supuestas irregularidades cometidas por la juez en las causas de los ERE, Avales y la Agencia IDEA que heredó de Mercedes Alaya y que firma la plantilla al completo de los fiscales Anticorrupción en Sevilla. A raíz de este «ilustrativo» informe, el fiscal jefe, Alejandro Luzón , elevó una denuncia contra ella ante el máximo órgano de gobierno de los jueces en la que advertía de que en el caso ERE está llevando a cabo un «vaciamiento progresivo tras acordar la exclusión de los cargos de la Junta de Andalucía» . Además, desaprobaba la «desatención» de resoluciones de la Audiencia de Sevilla, la «inactividad» investigadora, y «trabas» a las pesquisas que demuestran, a juicio del fiscal, una «voluntad de paralizar o ralentizar la marcha de los procedimientos» por parte de la juez Núñez.
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