Un profesor de Derecho aconseja a los británicos en Andalucía que planifiquen su sucesión
Solo en la Costa del Sol se calcula que viven más de 300.000 brirtánicos, a los que hay que sumar los que están en Almería y el resto de la comunidad
![El profesor de la Pablo de Olavide Alfonso Ybarra Bores](https://s3.abcstatics.com/media/andalucia/2020/11/13/s/alfonso-ybarra-profesor-kuSC--1248x698@abc.jpeg)
Alfonso Ybarra Bores , profesor de Derecho Internacional Privado de la Universidad Pablo de Olavide , ha analizado la sucesión de los ciudadanos británicos residentes en España, actualmente más de 300.00, sobre todo en Málaga y Comunidad Valenciana, y la diferente problemática que puede generarse al fallecer sin realizar testamento, en una nueva ponencia perteneciente a la Cátedra de Derecho Notarial Internacional y Comparado, impulsado por el Colegio Notarial de Andalucía y la Universidad Pablo de Olavide y dirigida por Andrés Rodríguez Benot , Catedrático de Derecho Internacional Privado.
Alfonso Ybarra señaló que las amplias diferencias de los sistemas sucesorios español y británico podrían haber quedado en buena parte minimizadas si el Reglamento Europeo 650/2012 fuera aplicable en el Reino Unido , pero este país no firmó finalmente dicho instrumento; lo que genera diferentes situaciones complicadas a nivel jurídico, porque el Reglamento, aunque no aplicable en el Reino Unido, sí afecta a los británicos residentes en España.
« El sistema británico ofrece una amplia libertad a la hora de testar , en principio puede dejarse heredero a quien se estime conveniente, no existen las legítimas propias del derecho español que asegura una parte del patrimonio del causante a hijos o parientes ». En este sentido, son muy comunes los casos de ciudadanos casados, con hijos y propiedades en el Reino Unido , que se traslada a vivir a España. Aquí se separan, tienen nuevos hijos y adquieren nuevo patrimonio.
«Siempre es aconsejable otorgar testamento, pero en estos casos aún más. Para evitar que el heredero se encuentre con situaciones sorpresivas y desagradables, que finalicen en largos litigios, es recomendable acudir a un profesional especializado, conocedor de la materia y formado. En este sentido el notario es el profesional que «mejor le va a asesorar, para realizar una adecuada planificación sucesoria y dejar claro qué ordenamiento conviene que se aplique a la sucesión, si el español o el británico, haciendo un traje a la medida de cada caso», indicó el profesor.
Asimismo, el ponente analizó las más recientes resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública en relación a la sucesión de británicos en España. «Las resoluciones de la Dirección General están poniendo en duda, por ejemplo, los testamentos parciales o simpliciter, esto es, aquellos que se hacen en España por los británicos para regular únicamente la sucesión de sus bienes aquí, y donde se elige que la sucesión sea regulada por el Derecho inglés . Personalmente los considero una herramienta y una alternativa muy útil que ha ayudado mucho a solucionar problemas en relación a este tipo de sucesiones. Su erradicación podría retrotraernos a situaciones del siglo pasado», finalizó Alfonso Ybarra.
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